Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de El Gordo. (BOP-2024-4912)
BOP-2024-4912 Subvención ayudas para compra de material escolar curso 2024/2025.
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A Y U N T A M I E N T O
D E
EL GORDO
Exp. 2024/0281
Plaza de la Constitución, 1  10392 El Gordo (Cáceres)  Telf: 927 78 07 00  email: ayuntamiento@aytoelgordo.es
ANEXO: BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA LA
ADQUISICIÓN DE MATERIAL ESCOLAR DE LOS NIÑÓS/AS DEL COLEGIO DEL
MUNICIPIO.
ARTÍCULO 1º.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA.
Es objeto de esta convocatoria regular la concesión de ayudas directas a la familia por un
importe fijo, por parte del Ayuntamiento de El Gordo durante el curso 2024-2025, para la
compra de libros de texto y material didáctico escolar para el alumnado residente en el
municipio de El Gordo, matriculado/a en el Colegio Público de la localidad o Navalmoral de
la Mata cursando estudios de Educación Infantil (segundo ciclo: a partir de 3 años),
Educación Primaria, Enseñanza Secundaria Obligatoria (hasta 4º ESO), Bachillerato y
Formación Profesional.
En otro supuesto, será objeto de valoración por parte de una comisión creada al efecto.
Estas ayudas serán compatibles con cualquier otra que le haya sido otorgada al/la
beneficiario/a para la misma finalidad, siempre que, en concurrencia con éstas, no supere
el coste de los libros de texto y el material didáctico para los que solicita la ayuda.
ARTÍCULO 2º.- NATURALEZA JURÍDICA Y RÉGIMEN APLICABLE.
Las ayudas que se concedan tendrán carácter de subvención y se regirán por la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; Real Decreto 887/2006, de 21 de
julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, y por lo recogido en esta
convocatoria, de acuerdo a lo establecido en el artículo 23.2.a) de la Ley de Subvenciones.
ARTÍCULO 3º.- BENEFICIARIOS.
Podrán ser beneficiarios/as de estas ayudas los padres, madres o el representante/es
legales de los niños/as residentes en El Gordo que cumplan los requisitos especificados en
el artículo 6º y que estén escolarizados/as en las enseñanzas de Educación Infantil
(segundo ciclo: a partir de 3 años), Educación Primaria, Enseñanza Secundaria Obligatoria
(hasta 4º ESO), Bachillerato y Formación Profesional.
ARTICULO 4º.- GASTOS SUBVENCIONABLES.
Serán subvencionables todos los gastos de libros y material escolar, realizados desde el 1
de Julio de 2023 hasta la finalización del plazo para presentación de instancias.
ARTÍCULO 5º.- CRÉDITO PRESUPUESTARIO.
La cuantía máxima de las ayudas económicas en cuanto a la aportación del Ayuntamiento
será de 4.400,00 €, con cargo al presupuesto de gastos del ejercicio 2023.
ARTÍCULO 6º.- REQUISITOS GENERALES PARA SOLICITAR LA AYUDA.
Cód.
Validación:
59HTA255G37DLPJSEMF5KDW2Y
Verificación:
https://elgordo.sedelectronica.es/
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Jueves, 26 de septiembre de 2024
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