Sección II - Administración Autonómica. Junta de Extremadura. Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda. (BOP-2024-4903)
BOP-2024-4903 Abastecimiento a Jerte para impulsar el ahorro, eficiencia y sostenibilidad de los recursos hídricos.
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Sección II - Administración Autonómica
Junta de Extremadura
Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda
ANUNCIO. Abastecimiento a Jerte para impulsar el ahorro, eficiencia y
sostenibilidad de los recursos hídricos.
El día 9 de septiembre de 2024 por el que se cita a los/as interesados/as para el levantamiento
de actas previas a la ocupación en el expediente de expropiación forzosa de terrenos para la
obra: “Abastecimiento a Jerte para impulsar el ahorro, eficiencia y sostenibilidad de los
recursos hídricos”.
Cofinanciado por la Unión Europea.
Declarada urgente la ocupación de los bienes afectados por las obras de: “Abastecimiento a
Jerte para impulsar el ahorro, eficiencia y sostenibilidad de los recursos hídricos”, mediante
Decreto 68/2024, de 9 de julio, publicado en el DOE n.º 136, de 15 de julio de 2024, ha de
procederse a la expropiación de terrenos por el procedimiento previsto en el artículo 52 de la
Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954 (en adelante LEF).
En consecuencia, se ha notificado a los/as titulares de los bienes y derechos afectados para
que comparezcan en el lugar, día y hora que se señala en el Anexo que se acompaña.
Asimismo, se ha ordenado la publicación de la presente citación en el resto de los medios
señalados en el artículo 52.2 de la LEF.
A dicho acto deberán asistir los/as interesados/as personalmente o bien representados/as por
personas debidamente autorizadas para actuar en su nombre, aportando los documentos
acreditativos de su titularidad (nota simple del Registro de la propiedad, último recibo del IBI,
escrituras de herencia…). Asimismo, pueden asistir acompañados/as, si así les conviene y a su
costa, de sus peritos/as y un/a Notario/a.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la LEF, podrán formularse, hasta el día
señalado para el levantamiento de las actas previas a la ocupación, las alegaciones que
consideren oportunas, a los efectos de subsanar posibles errores que involuntariamente hayan
podido tener lugar al relacionar los bienes y derechos afectados, mediante correo electrónico a
la dirección:
CVE:
BOP-2024-4903
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 25 de septiembre de 2024
N.º 0186
Pág. 20824
Junta de Extremadura
Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda
ANUNCIO. Abastecimiento a Jerte para impulsar el ahorro, eficiencia y
sostenibilidad de los recursos hídricos.
El día 9 de septiembre de 2024 por el que se cita a los/as interesados/as para el levantamiento
de actas previas a la ocupación en el expediente de expropiación forzosa de terrenos para la
obra: “Abastecimiento a Jerte para impulsar el ahorro, eficiencia y sostenibilidad de los
recursos hídricos”.
Cofinanciado por la Unión Europea.
Declarada urgente la ocupación de los bienes afectados por las obras de: “Abastecimiento a
Jerte para impulsar el ahorro, eficiencia y sostenibilidad de los recursos hídricos”, mediante
Decreto 68/2024, de 9 de julio, publicado en el DOE n.º 136, de 15 de julio de 2024, ha de
procederse a la expropiación de terrenos por el procedimiento previsto en el artículo 52 de la
Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954 (en adelante LEF).
En consecuencia, se ha notificado a los/as titulares de los bienes y derechos afectados para
que comparezcan en el lugar, día y hora que se señala en el Anexo que se acompaña.
Asimismo, se ha ordenado la publicación de la presente citación en el resto de los medios
señalados en el artículo 52.2 de la LEF.
A dicho acto deberán asistir los/as interesados/as personalmente o bien representados/as por
personas debidamente autorizadas para actuar en su nombre, aportando los documentos
acreditativos de su titularidad (nota simple del Registro de la propiedad, último recibo del IBI,
escrituras de herencia…). Asimismo, pueden asistir acompañados/as, si así les conviene y a su
costa, de sus peritos/as y un/a Notario/a.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la LEF, podrán formularse, hasta el día
señalado para el levantamiento de las actas previas a la ocupación, las alegaciones que
consideren oportunas, a los efectos de subsanar posibles errores que involuntariamente hayan
podido tener lugar al relacionar los bienes y derechos afectados, mediante correo electrónico a
la dirección:
CVE:
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Miércoles, 25 de septiembre de 2024
N.º 0186
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