Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2024-4861)
BOP-2024-4861 Bases que han de regir la concesión de subvenciones para el desarrollo y fomento de la actividad deportiva en la ciudad de Cáceres, temporada 2023/24. Deporte Base.
27 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Cáceres
Concejalía de Deporte
Página 5
examinar el texto íntegro de estas Bases en la página WEB de la Base de
Datos de Subvenciones dependiente de la Intervención General del Estado, en
el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres y en la Sede Electrónica de este
Ayuntamiento.
Base: 5ª.- DOTACIÓN PRESUPUESTARIA
La cuantía total consignada presupuestariamente para estas subvenciones
(modalidades A y B) es de CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL EUROS (185.000,00.-
€), previstos en la partida presupuestaria 10/341/48900 del Presupuesto de gastos del
Ayuntamiento de Cáceres.
Para esta cuantía existe consignación presupuestaria suficiente, para el gasto
previsto en el ejercicio 2024, previstos en la partida presupuestaria 10/341/48900,
según documento de retención de crédito número 220240005760 por importe de
NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS EUROS (92.500,00.-€), y para el gasto previsto
en el ejercicio 2025 existe retención de crédito a ejercicio futuro número
220249000060, por importe de NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS EUROS
(92.500,00.-€), todo ello, según informe de fiscalización emitido por la Intervención
municipal de fecha 11 de julio de 2024. No obstante, los gastos del ejercicio
2025 quedarán supeditados a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el
presupuesto de dicho ejercicio.
Base: 6ª.- CONDICIONES DE OTORGAMIENTO DE LA SUBVENCIÓN
1.- Definición de categorías por edad
Al objeto de establecer las categorías de los/as jugadores/as, con
independencia de la denominación del equipo en cada federación deportiva, estos se
definen en la forma siguiente:
a) PREBENJAMINES O INCIACIÓN: jugadores con edad de 6 y 7 años,
cumplidos en el año 2023, e identificados por la licencia federativa. Nacidos en
los años 2016 y 2015.
b) BENJAMINES: jugadores con edad de 8 y 9 años, cumplidos en el año 2023,
e identificados por la licencia federativa. Nacidos en los años 2014 y 2013.
c) ALEVINES: jugadores con edad de 10 y 11 años, cumplidos en el año 2023, e
identificados por la licencia federativa. Nacidos en los años 2012 y 2011.
d) INFANTILES: jugadores con edad de 12 y 13 años, cumplidos en el año 2023,
e identificados por la licencia federativa. Nacidos en los años 2010 y 2009.
e) CADETES: jugadores con edad de 14 y 15 años, cumplidos en el año 2023, e
identificados por la licencia federativa. Nacidos en los años 2008 y 2007
f) JUVENILES: jugadores con edades comprendidas entre 16 y 17 años
cumplidos en el año 2023. Nacidos en los años 2006 y 2005.
g) JUNIOR: jugadores con edades comprendidas entre 18 y 19 años cumplidos
en el año 2023. Nacidos en los años 2004 y 2003.
Los/as deportistas con alguna discapacidad podrán exceder estas bandas de
edad, en sus límites inferior y superior. La inclusión en estas categorías se hará en
base a sus capacidades, obviando la edad cronológica.
2.- Límites del importe de la subvención
CVE:
BOP-2024-4861
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 24 de septiembre de 2024
N.º 0185
Pág. 20560
Concejalía de Deporte
Página 5
examinar el texto íntegro de estas Bases en la página WEB de la Base de
Datos de Subvenciones dependiente de la Intervención General del Estado, en
el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres y en la Sede Electrónica de este
Ayuntamiento.
Base: 5ª.- DOTACIÓN PRESUPUESTARIA
La cuantía total consignada presupuestariamente para estas subvenciones
(modalidades A y B) es de CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL EUROS (185.000,00.-
€), previstos en la partida presupuestaria 10/341/48900 del Presupuesto de gastos del
Ayuntamiento de Cáceres.
Para esta cuantía existe consignación presupuestaria suficiente, para el gasto
previsto en el ejercicio 2024, previstos en la partida presupuestaria 10/341/48900,
según documento de retención de crédito número 220240005760 por importe de
NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS EUROS (92.500,00.-€), y para el gasto previsto
en el ejercicio 2025 existe retención de crédito a ejercicio futuro número
220249000060, por importe de NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS EUROS
(92.500,00.-€), todo ello, según informe de fiscalización emitido por la Intervención
municipal de fecha 11 de julio de 2024. No obstante, los gastos del ejercicio
2025 quedarán supeditados a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el
presupuesto de dicho ejercicio.
Base: 6ª.- CONDICIONES DE OTORGAMIENTO DE LA SUBVENCIÓN
1.- Definición de categorías por edad
Al objeto de establecer las categorías de los/as jugadores/as, con
independencia de la denominación del equipo en cada federación deportiva, estos se
definen en la forma siguiente:
a) PREBENJAMINES O INCIACIÓN: jugadores con edad de 6 y 7 años,
cumplidos en el año 2023, e identificados por la licencia federativa. Nacidos en
los años 2016 y 2015.
b) BENJAMINES: jugadores con edad de 8 y 9 años, cumplidos en el año 2023,
e identificados por la licencia federativa. Nacidos en los años 2014 y 2013.
c) ALEVINES: jugadores con edad de 10 y 11 años, cumplidos en el año 2023, e
identificados por la licencia federativa. Nacidos en los años 2012 y 2011.
d) INFANTILES: jugadores con edad de 12 y 13 años, cumplidos en el año 2023,
e identificados por la licencia federativa. Nacidos en los años 2010 y 2009.
e) CADETES: jugadores con edad de 14 y 15 años, cumplidos en el año 2023, e
identificados por la licencia federativa. Nacidos en los años 2008 y 2007
f) JUVENILES: jugadores con edades comprendidas entre 16 y 17 años
cumplidos en el año 2023. Nacidos en los años 2006 y 2005.
g) JUNIOR: jugadores con edades comprendidas entre 18 y 19 años cumplidos
en el año 2023. Nacidos en los años 2004 y 2003.
Los/as deportistas con alguna discapacidad podrán exceder estas bandas de
edad, en sus límites inferior y superior. La inclusión en estas categorías se hará en
base a sus capacidades, obviando la edad cronológica.
2.- Límites del importe de la subvención
CVE:
BOP-2024-4861
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 24 de septiembre de 2024
N.º 0185
Pág. 20560