Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pasarón de la Vera. (BOP-2024-4836)
BOP-2024-4836 Delegación de funciones de la Alcaldía.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Pasarón de la Vera
EDICTO. Delegación de funciones de la Alcaldía.
Visto que corresponde a los/as Tenientes de Alcalde/sa, en cuanto tales, sustituir en la
totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, al/a Alcalde/sa, en los casos de
ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a éste/a para el ejercicio de sus
atribuciones, así como desempeñar las funciones del/a Alcalde/sa en los supuestos de vacante
en la Alcaldía hasta que tome posesión el/a nuevo/a Alcalde/sa.
Visto que durante período de tiempo comprendido desde el día 19 de Septiembre de 2024
hasta el 29 de septiembre de 2024, ambos incluidos, el Alcalde-Presidente se encontrará
ausente del Municipio.
Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 44 y 47 del
Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,
aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
RESUELVO
PRIMERO. Delegar en el Primer Teniente Alcalde Mario Isaac Mateos Blázquez la totalidad de
las funciones de la Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, durante el periodo comprendido desde el día 19
de septiembre de 2024 hasta el 29 de septiembre de 2024, ambos incluidos.
SEGUNDO. La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de
resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos
administrativos que afecten a terceros.
TERCERO. El órgano delegado ha de informar a esta Alcaldía, a posteriori, y, en todo caso,
cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el
período de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia, tal y
como se prevé en al artículo 115 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen
Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
CVE:
BOP-2024-4836
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 20 de septiembre de 2024
N.º 0183
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