Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-4826)
BOP-2024-4826 Convenio de adhesión del Ayuntamiento de La Pesga al sistema de adquisición centralizada de la Diputación Provincial de Cáceres.
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• Si la modificación no conlleva obligación adicional para la Entidad Local adherida, ésta se
aplicará de forma automática.
Se considerará que no existe “obligación adicional” en los siguientes supuestos:
➢ Cuando se introduzcan nuevas funcionalidades cuyo uso no sea obligatorio para la
Entidad Local adherida.
➢ Cuando se modifiquen los procedimientos para la tramitación de acuerdos marcos y
grupos de compra, al no tener carácter obligatorio su adhesión específica para las Entidades
Locales.
➢ La adaptación y evolución del sistema informático sobre el que se desarrolla el “Servicio
de Licitación Electrónica” cuando venga impuesta por cambios legislativos o cambios
tecnológicos de la Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACSP).
SÉPTIMA.- CAUSAS DE RESOLUCIÓN Y EFECTOS.
Será causa de resolución del presente Convenio el mutuo acuerdo de las partes y el incumplimiento
de las condiciones por alguna de ellas.
No obstante lo anterior, las partes podrán denunciar en cualquier momento el acuerdo de adhesión
previa comunicación efectuada, al menos, con tres meses de antelación.
En los supuestos de resolución, incluida la expiración por denuncia, los efectos de la extinción
quedarán en suspenso hasta que tenga lugar la recepción y total abono de los suministros, servicios
u obras solicitados por la central de contratación de la Diputación Provincial de Cáceres a instancia
del ayuntamiento.
OCTAVA.- RESOLUCIÓN DE LITIGIOS.
Las cuestiones litigiosas que puedan plantearse respecto de la aplicación, interpretación y
cumplimiento de este Convenio serán competencia del Orden jurisdiccional contencioso-
administrativo.
Y en prueba de conformidad lo firman por duplicado ejemplar, los intervinientes, en el lugar y fecha
indicados en el encabezamiento.
En Cáceres, a la fecha de la firma electrónica
Cód.
Validación:
6G4QFFWZQRNEARKG3AJL6HF3F
Verificación:
https://lapesga.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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de
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https://sede.dip-caceres.es/carpetaCiudadano/Enlaces.do?id=validacion&cveValidacion=DIPCC-PF209N0T29C00LSN5P83DG005ZSIGY0L
DIPCC-PF209N0T29C00LSN5P83DG005ZSIGY0L
|
Este
documento
es
Copia
Auténtica
según
el
artículo
27
de
la
Ley
39/2015,
de
1
de
Octubre
URL
de
verificación:
Código
Seguro
de
Verificación:
JOSÉ
DAVID
DOMÍNGUEZ
MARTÍN
(AYUNTAMIENTO
DE
LA
PESGA)
JOSE
ALVARO
CASAS
AVILES
-
SECRETARIO
(DIPUTACION
DE
CACERES)
MIGUEL
ANGEL
MORALES
SANCHEZ
-
PRESIDENTE
(DIPUTACION
DE
CACERES)
Firmantes:
L02000010
12/09/2024
16:49
4/4
DIR3
Órgano:
Sello
de
tiempo:
Página:
CVE:
BOP-2024-4826
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 20 de septiembre de 2024
N.º 0183
Pág. 20332