Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Moraleja. (BOP-2024-4820)
BOP-2024-4820 Convocatoria para la constitución de una bolsa de trabajo temporal de Monitores/as - Formadores/as de la Escuela de Música.
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GRUPO C
SUBGRUPO C1
SISTEMA
SELECCIÓN
Concurso de Méritos
TITULACIÓN
EXIGIDA
La titulación exigida es la equivalente al Bachiller en la
especialidad de Música (especialidad Piano), debiéndose acreditar
la superación de algunos de los siguientes estudios de Enseñanzas
Artísticas, mediante las titulaciones que se relacionan
seguidamente o titulaciones que acrediten su equivalencia:
1. Título de Profesor de Música en la especialidad
correspondiente, regulado en el Decreto 2618/1966, de 10 de
septiembre.
2. Título profesional de música o de danza de la Ley
Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del
Sistema Educativo.
3.- Títulos o diplomas correspondientes a las enseñanzas
de música y arte dramático a los que se haya otorgado, por real
decreto, la equivalencia al título de licenciado a efectos de
docencia: Título profesional de música del plan de 1942.
TASA POR
DERECHOS DE
EXAMEN
18€. Estarán exentas de pago las personas con discapacidad igual
o superior a 33% así como aquellas aspirantes que acrediten
fehacientemente estar desempleado/a durante el plazo de al menos
1 mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria en el
BOP de Cáceres.
PLAZA
MONITOR-FORMADOR ESPECIALISTA (SAXO-VIENTO
MADERA)
NATURALEZA Laboral
TIPO JORNADA Jornada Parcial (42,66%)
GRUPO C
SUBGRUPO C1
SISTEMA
SELECCIÓN
Concurso de Méritos
TITULACIÓN
EXIGIDA
La titulación exigida es la equivalente al Bachiller en la
especialidad de Música (especialidad Viento-Madera), debiéndose
acreditar la superación de algunos de los siguientes estudios de
Enseñanzas Artísticas, mediante las titulaciones que se relacionan
seguidamente o titulaciones que acrediten su equivalencia:
1. Título de Profesor de Música en la especialidad
correspondiente, regulado en el Decreto 2618/1966, de 10 de
septiembre.
2. Título profesional de música o de danza de la Ley
Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del
Sistema Educativo.
3.- Títulos o diplomas correspondientes a las enseñanzas
de música y arte dramático a los que se haya otorgado, por real
decreto, la equivalencia al título de licenciado a efectos de
docencia: Título profesional de música del plan de 1942.
TASA POR 18€. Estarán exentas de pago las personas con discapacidad igual
CVE:
BOP-2024-4820
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 19 de septiembre de 2024
N.º 0182
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