Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alagón del Río. (BOP-2024-4787)
BOP-2024-4787 Bases bolsa de trabajo Secretaría - Intervención.
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1. Objeto de la convocatoria.
1.1. Las presentes bases tienen por objeto la regulación de la oposición para la constitución de
una bolsa de trabajo que se utilizará para provisión del puesto de Secretaría-Intervención del
Ayuntamiento de Alagón del Río, en casos de vacancia, ausencia temporal o enfermedad,
mediante nombramiento interino, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 92.bis de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y el Real Decreto
128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los/as funcionarios/as de
administración local con habilitación de carácter nacional.
1.2. El nombramiento será válido hasta tanto la plaza sea cubierta por el/a Secretario/a -
Interventor/a Interino/a propuesto/a por la Junta de Extremadura o bien por cualquier fórmula
prevista en el citado Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, que tenga carácter prioritario a
este nombramiento interino, transcurra el plazo legal de los nombramientos de este carácter.
1.3. Las retribuciones serán las correspondientes al Grupo A, Subgrupo A1, con el nivel de
complemento de destino y demás retribuciones complementarias que estén determinadas en la
respectiva relación de puestos de trabajo y/o se hallen consignadas en el presupuesto
municipal.
2. Condiciones de los/as aspirantes.
2.1. Para ser admitidos/as en la realización de estas pruebas selectivas, los/as aspirantes
deberán reunir los siguientes requisitos:
1. Nacionalidad: tener la nacionalidad española conforme a lo establecido en el artículo
19.1º del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, que se remite a lo dispuesto en el
artículo 4 del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de
la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos de nacionales de otros
Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores/as.
2. Capacidad: poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas inherentes
al puesto convocado.
3. Edad: tener cumplidos 16 años y no exceder del límite establecido en las
disposiciones legales vigentes para la jubilación forzosa.
4. Habilitación: no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio
de cualquier Administración Pública o de sus organismos constitucionales o estatutarios
de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para
CVE:
BOP-2024-4787
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 18 de septiembre de 2024
N.º 0181
Pág. 20110
1.1. Las presentes bases tienen por objeto la regulación de la oposición para la constitución de
una bolsa de trabajo que se utilizará para provisión del puesto de Secretaría-Intervención del
Ayuntamiento de Alagón del Río, en casos de vacancia, ausencia temporal o enfermedad,
mediante nombramiento interino, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 92.bis de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y el Real Decreto
128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los/as funcionarios/as de
administración local con habilitación de carácter nacional.
1.2. El nombramiento será válido hasta tanto la plaza sea cubierta por el/a Secretario/a -
Interventor/a Interino/a propuesto/a por la Junta de Extremadura o bien por cualquier fórmula
prevista en el citado Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, que tenga carácter prioritario a
este nombramiento interino, transcurra el plazo legal de los nombramientos de este carácter.
1.3. Las retribuciones serán las correspondientes al Grupo A, Subgrupo A1, con el nivel de
complemento de destino y demás retribuciones complementarias que estén determinadas en la
respectiva relación de puestos de trabajo y/o se hallen consignadas en el presupuesto
municipal.
2. Condiciones de los/as aspirantes.
2.1. Para ser admitidos/as en la realización de estas pruebas selectivas, los/as aspirantes
deberán reunir los siguientes requisitos:
1. Nacionalidad: tener la nacionalidad española conforme a lo establecido en el artículo
19.1º del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, que se remite a lo dispuesto en el
artículo 4 del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de
la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos de nacionales de otros
Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores/as.
2. Capacidad: poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas inherentes
al puesto convocado.
3. Edad: tener cumplidos 16 años y no exceder del límite establecido en las
disposiciones legales vigentes para la jubilación forzosa.
4. Habilitación: no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio
de cualquier Administración Pública o de sus organismos constitucionales o estatutarios
de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para
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Miércoles, 18 de septiembre de 2024
N.º 0181
Pág. 20110