Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de El Gordo. (BOP-2024-4779)
BOP-2024-4779 Revocación de competencias.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de El Gordo
ANUNCIO. Revocación de competencias.
Por Resolución de Alcaldía de fecha 12 de septiembre de 2024, se aprobó la revocación de
competencias en el Teniente de Alcalde D. Eugenio Jiménez Bravo, aprobada por resolución
de Alcaldía n.º 169/2024, de 27 de junio de 2023, lo que se publica a los efectos del artículo 44
del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades
Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
Visto que con fecha 27 de junio de 2023, se dicto la resolución de Alcaldía n.º 169/2023, por la
cual se delegaban, en los términos del artículo 23.3 de la Ley 7/1985, LRBRL en el Teniente de
Alcalde D. Eugenio Jiménez Bravo competencias en materia de contratación en todos los
expedientes de obras que tengan la consideración de menores y en los que, el órgano de
contratación corresponda a la alcaldía, así como la firma de licencias de obras cuya
competencia corresponda a la Alcaldía.
Visto que, por problemas personales, no es posible el ejercicio de estas competencias con la
dedicación y eficacia que ello conlleva.
Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Secretaria, y de
conformidad con lo establecido en el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora
de las Bases y del Régimen Local, y 43 y siguientes del Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto
2568/1986, de 28 de noviembre, esta Alcaldía como órgano delegante,
RESUELVO
PRIMERO. Revocar la delegación de competencias efectuada a favor de D. Eugenio Jiménez
Bravo en las materias de contratación en todos los expedientes de obras que tengan la
consideración de menores y en los que, el órgano de contratación corresponda a la Alcaldía,
así como la firma de licencias de obras cuya competencia corresponda a la Alcaldía, de
manera que revierta de nuevo en la Alcaldía - Presidencia de la Corporación como órgano que
fue el delegante de la misma.
CVE:
BOP-2024-4779
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 17 de septiembre de 2024
N.º 0180
Pág. 20081
Ayuntamientos
Ayuntamiento de El Gordo
ANUNCIO. Revocación de competencias.
Por Resolución de Alcaldía de fecha 12 de septiembre de 2024, se aprobó la revocación de
competencias en el Teniente de Alcalde D. Eugenio Jiménez Bravo, aprobada por resolución
de Alcaldía n.º 169/2024, de 27 de junio de 2023, lo que se publica a los efectos del artículo 44
del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades
Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
Visto que con fecha 27 de junio de 2023, se dicto la resolución de Alcaldía n.º 169/2023, por la
cual se delegaban, en los términos del artículo 23.3 de la Ley 7/1985, LRBRL en el Teniente de
Alcalde D. Eugenio Jiménez Bravo competencias en materia de contratación en todos los
expedientes de obras que tengan la consideración de menores y en los que, el órgano de
contratación corresponda a la alcaldía, así como la firma de licencias de obras cuya
competencia corresponda a la Alcaldía.
Visto que, por problemas personales, no es posible el ejercicio de estas competencias con la
dedicación y eficacia que ello conlleva.
Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Secretaria, y de
conformidad con lo establecido en el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora
de las Bases y del Régimen Local, y 43 y siguientes del Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto
2568/1986, de 28 de noviembre, esta Alcaldía como órgano delegante,
RESUELVO
PRIMERO. Revocar la delegación de competencias efectuada a favor de D. Eugenio Jiménez
Bravo en las materias de contratación en todos los expedientes de obras que tengan la
consideración de menores y en los que, el órgano de contratación corresponda a la Alcaldía,
así como la firma de licencias de obras cuya competencia corresponda a la Alcaldía, de
manera que revierta de nuevo en la Alcaldía - Presidencia de la Corporación como órgano que
fue el delegante de la misma.
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Martes, 17 de septiembre de 2024
N.º 0180
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