Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montehermoso. (BOP-2024-4771)
BOP-2024-4771 Plan de Medidas Antifraude.
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PLAN DE MEDIDAS ANTIFRAUDE DEL AYUNTAMIENTO DE MONTEHERMOSO PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN
Y RESILIENCIA.
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ANEXO IX: DECLARACIÓN INSTITUCIONAL SOBRE LUCHA CONTRA EL
FRAUDE
Uno de los principales objetivos del Ayuntamiento de Montehermoso es reforzar, dentro
del ámbito de sus competencias, la política antifraude en el desarrollo de sus funciones; por ello,
a través de esta declaración institucional quiere manifestar su compromiso con los estándares
más altos en el cumplimiento de las normas jurídicas, éticas y morales y su adhesión a los más
estrictos principios de integridad, objetividad y honestidad, de manera que su actividad sea
percibida por todos los agentes que se relacionan con ella como opuesta al fraude y la
corrupción en cualquiera de sus formas.
Este Ayuntamiento tiene la condición de entidad ejecutora del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, según lo dispuesto en la Orden 1030/2021, de 29 de septiembre,
por la que se configura el sistema de gestión del plan de Recuperación y Resiliencia, en tanto le
corresponde, en el ámbito de sus competencias, la ejecución de proyectos o subproyectos de las
reformas e inversiones incluidas en dicho Plan y así ha sido designada en la documentación que
los regula.
El Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero
de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia señala la
obligación que tienen los Estados Miembros de aplicar medidas adecuadas para proteger los
intereses financieros de la Unión y para velar por que la utilización de los fondos se ajuste al
Derecho aplicable de la Unión y nacional, en particular en lo que se refiere a la prevención,
detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.
En cumplimiento de estas obligaciones, el Ayuntamiento de Montehermoso ha
aprobado su Plan de medidas antifraude, que puede consultarse por cualquier ciudadano a través
de su sede electrónica https://ayuntamientodemontehermoso.sedelectronica.es
El personal del Ayuntamiento, en su carácter de empleados públicos, asume y comparte
todos los anteriores compromisos, teniendo entre otros deberes los de “velar por los intereses
generales, con sujeción y observancia de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico,
y actuar con arreglo a los siguientes principios: objetividad, integridad, neutralidad,
responsabilidad, imparcialidad, confidencialidad, dedicación al servicio público,
transparencia, ejemplaridad, austeridad, accesibilidad, eficacia, honradez, promoción del
entorno cultural y medioambiental, y respeto a la igualdad entre mujeres y hombres” (artículo
52 de la Ley 7/2017, de 12 de Abril, del Estatuto Básico del Empleado Público).
CVE:
BOP-2024-4771
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 16 de septiembre de 2024
N.º 0179
Pág. 20024
Y RESILIENCIA.
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ANEXO IX: DECLARACIÓN INSTITUCIONAL SOBRE LUCHA CONTRA EL
FRAUDE
Uno de los principales objetivos del Ayuntamiento de Montehermoso es reforzar, dentro
del ámbito de sus competencias, la política antifraude en el desarrollo de sus funciones; por ello,
a través de esta declaración institucional quiere manifestar su compromiso con los estándares
más altos en el cumplimiento de las normas jurídicas, éticas y morales y su adhesión a los más
estrictos principios de integridad, objetividad y honestidad, de manera que su actividad sea
percibida por todos los agentes que se relacionan con ella como opuesta al fraude y la
corrupción en cualquiera de sus formas.
Este Ayuntamiento tiene la condición de entidad ejecutora del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, según lo dispuesto en la Orden 1030/2021, de 29 de septiembre,
por la que se configura el sistema de gestión del plan de Recuperación y Resiliencia, en tanto le
corresponde, en el ámbito de sus competencias, la ejecución de proyectos o subproyectos de las
reformas e inversiones incluidas en dicho Plan y así ha sido designada en la documentación que
los regula.
El Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero
de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia señala la
obligación que tienen los Estados Miembros de aplicar medidas adecuadas para proteger los
intereses financieros de la Unión y para velar por que la utilización de los fondos se ajuste al
Derecho aplicable de la Unión y nacional, en particular en lo que se refiere a la prevención,
detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.
En cumplimiento de estas obligaciones, el Ayuntamiento de Montehermoso ha
aprobado su Plan de medidas antifraude, que puede consultarse por cualquier ciudadano a través
de su sede electrónica https://ayuntamientodemontehermoso.sedelectronica.es
El personal del Ayuntamiento, en su carácter de empleados públicos, asume y comparte
todos los anteriores compromisos, teniendo entre otros deberes los de “velar por los intereses
generales, con sujeción y observancia de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico,
y actuar con arreglo a los siguientes principios: objetividad, integridad, neutralidad,
responsabilidad, imparcialidad, confidencialidad, dedicación al servicio público,
transparencia, ejemplaridad, austeridad, accesibilidad, eficacia, honradez, promoción del
entorno cultural y medioambiental, y respeto a la igualdad entre mujeres y hombres” (artículo
52 de la Ley 7/2017, de 12 de Abril, del Estatuto Básico del Empleado Público).
CVE:
BOP-2024-4771
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 16 de septiembre de 2024
N.º 0179
Pág. 20024