Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Toril. (BOP-2024-4708)
BOP-2024-4708 Aprobación inicial Programa de Activación para el Empleo Local 2024/2028.
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Ayuntamiento de Toril
1. Introducción
Dentro de sus limitaciones y posibilidades, el Ayuntamiento del Municipio
de Toril procura dar respuesta a las necesidades del conjunto del sistema
productivo, teniendo en cuenta tanto a las empresas como a los
trabajadores, prestando especial atención a las personas trabajadoras
desempleadas.
El Programa de activación para el empleo local que se promueve, en
función del diagnóstico de situación del grupo de población que
actualmente se encuentra buscando activamente un empleo dentro de
este municipio, contiene propuestas que pretenden ajustarse a la realidad
actual de estas personas.
Para ello, incorpora acciones dirigidas a poner en marcha una política local
integral de empleabilidad, con la pretensión, entre otros fines, de aportar
experiencia laboral a aquellos sectores de población desempleada que
tienen mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo.
En los términos señalados por la Carta Europea de Autonomía Local, hecha
en Estrasburgo el 15 de octubre de 1985, en relación a alcance de la
autonomía local, las Entidades locales tienen, dentro del ámbito de la Ley,
libertad plena para ejercer su iniciativa en toda materia que no
esté excluida de su competencia o atribuida a otra autoridad.
En este sentido, en función de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local – en
adelante LRBRL, el Municipio, para la gestión de sus intereses y en el
ámbito de sus competencias, puede promover actividades y prestar los
servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y
aspiraciones de la comunidad vecinal mediante el ejercicio de
competencias propias, en materias como:
a) Urbanismo: planeamiento, gestión, ejecución y disciplina
urbanística. Protección y gestión del Patrimonio histórico. Promoción
y gestión de la vivienda de protección pública con criterios de
sostenibilidad financiera. Conservación y rehabilitación de la
edificación.
b) Medio ambiente urbano: en particular, parques y jardines públicos,
gestión de los residuos sólidos urbanos y protección contra la
contaminación acústica, lumínica y atmosférica en las zonas
urbanas.
c) Abastecimiento de agua potable a domicilio y evacuación y
tratamiento de aguas residuales.
Ayuntamiento de Toril
Plza. de España, 1, Toril. 10520 (Cáceres). Tfno. 927577191. Fax: 927577126
Cód.
Validación:
AKQYAEMF72HX2L4X552DKYN5M
Verificación:
https://toril.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2024-4708
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 10 de septiembre de 2024
N.º 0175
Pág. 19658
1. Introducción
Dentro de sus limitaciones y posibilidades, el Ayuntamiento del Municipio
de Toril procura dar respuesta a las necesidades del conjunto del sistema
productivo, teniendo en cuenta tanto a las empresas como a los
trabajadores, prestando especial atención a las personas trabajadoras
desempleadas.
El Programa de activación para el empleo local que se promueve, en
función del diagnóstico de situación del grupo de población que
actualmente se encuentra buscando activamente un empleo dentro de
este municipio, contiene propuestas que pretenden ajustarse a la realidad
actual de estas personas.
Para ello, incorpora acciones dirigidas a poner en marcha una política local
integral de empleabilidad, con la pretensión, entre otros fines, de aportar
experiencia laboral a aquellos sectores de población desempleada que
tienen mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo.
En los términos señalados por la Carta Europea de Autonomía Local, hecha
en Estrasburgo el 15 de octubre de 1985, en relación a alcance de la
autonomía local, las Entidades locales tienen, dentro del ámbito de la Ley,
libertad plena para ejercer su iniciativa en toda materia que no
esté excluida de su competencia o atribuida a otra autoridad.
En este sentido, en función de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local – en
adelante LRBRL, el Municipio, para la gestión de sus intereses y en el
ámbito de sus competencias, puede promover actividades y prestar los
servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y
aspiraciones de la comunidad vecinal mediante el ejercicio de
competencias propias, en materias como:
a) Urbanismo: planeamiento, gestión, ejecución y disciplina
urbanística. Protección y gestión del Patrimonio histórico. Promoción
y gestión de la vivienda de protección pública con criterios de
sostenibilidad financiera. Conservación y rehabilitación de la
edificación.
b) Medio ambiente urbano: en particular, parques y jardines públicos,
gestión de los residuos sólidos urbanos y protección contra la
contaminación acústica, lumínica y atmosférica en las zonas
urbanas.
c) Abastecimiento de agua potable a domicilio y evacuación y
tratamiento de aguas residuales.
Ayuntamiento de Toril
Plza. de España, 1, Toril. 10520 (Cáceres). Tfno. 927577191. Fax: 927577126
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