Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navas del Madroño. (BOP-2024-4704)
BOP-2024-4704 Aprobación Padrón Fiscal Tasa de Vados 2023.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Navas del Madroño
EDICTO. Aprobación Padrón Fiscal Tasa de Vados 2023.
Visto el contenido del padrón fiscal - listas cobratorias correspondientes a la tasa de Vados
Permanentes del ejercicio 2023, elaborado por el servicio de recaudación de este
Ayuntamiento, unido al expediente de su razón.
RESULTANDO. Que no contienen errores aritméticos que enmendar.
CONSIDERANDO. Que, las tarifas se ajustan a la respectiva Ordenanza Municipal de
aplicación y acuerdo plenario de fijación, actualmente en vigor.
HE RESUELTO
ÚNICO. Aprobar la liquidación correspondiente del Padrón Fiscal de la Tasa de Vados
Permanentes del ejercicio 2023, que se une al expediente de su razón.
Las personas interesadas podrán examinar las listas cobratorias en la Secretaría de este
Ayuntamiento, en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes.
Contra dichas liquidaciones podrá formularse, en el plazo de un mes a contar desde el día
siguiente al de la publicación de este Edicto, recurso de reposición previo al Contencioso
Administrativo, tal y como dispone el art. 108 de la Ley 7/185, de 2 de abril, reguladora de las
Bases del Régimen Local, en relación con el art. 14.2 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5
de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales.
Contra la desestimación expresa o presunta del recurso de reposición podrá interponer recurso
contencioso-administrativo, antes los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la
Provincia de Cáceres, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la recepción
de la notificación de la desestimación cuando ésta sea expresa o en el plazo de seis meses
desde el día siguiente en que el referido recurso de reposición se entienda desestimado de
forma presunta.
CVE:
BOP-2024-4704
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 10 de septiembre de 2024
N.º 0175
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