Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casar de Palomero. (BOP-2024-4696)
BOP-2024-4696 Aprobación definitiva de la Ordenanza Municipal que regula el servicio de abastecimiento de agua potable, del ahorro en el consumo de agua y del saneamiento y depuración.
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27. Vertidos permitidos: cualquier vertido tolerable o inofensivo que
tenga concedida la correspondiente Autorización de Vertido.
28. Vertidos prohibidos: aquellos vertidos que por su naturaleza y
peligrosidad son totalmente inadmisibles en las instalaciones
municipales de saneamiento.
29. Vertidos residuales: toda materia residual sólida, líquida o
gaseosa, incluidas las aguas de refrigeración, resultante de una
actividad manufacturera, industrial, de desarrollo, recuperación o
procesamiento de recursos naturales.
ANEXO IV. VALORES MÁXIMOS INSTANTÁNEOS DE LOS
PARÁMETROS DE CONTAMINACIÓN DE VERTIDOS A
COLECTORES
PARÁMETRO VALOR UNIDADES
Temperatura 40 ºC
PH 6 a 9 ud. pH
Sólidos en suspensión 500 mg/l
DBO5 500 mg/l
DQO 1000 mg/l
Aceites y grasas 40 mg/l
Aluminio 10 mg/l
Amonio 40 mg/l
Arsénico 0,5 mg/l
Bario 20 mg/l
Boro 3 mg/l
Cadmio 0,2 mg/l
Cianuros totales 0,4 mg/l
Cobre (según dureza del agua en mg/l CaCO3
Cód.
Validación:
7NPJSPEJ7ZZTN3X5YKHX9WM7N
Verificación:
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Martes, 10 de septiembre de 2024
N.º 0175
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