Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2024-4658)
BOP-2024-4658 Bases y Convocatoria para la concesión de Subvenciones para las actividades a desarrollar por las Entidades Juveniles de Plasencia 2024.
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UNDÉCIMA. PUBLICIDAD DE LAS ACTUACIONES.
En todas las actuaciones que se desarrollen en el marco de esta convocatoria se hará constar
la colaboración del Excelentísimo Ayuntamiento de Plasencia. Concejalía de Juventud, con la
inclusión de sus logotipos oficiales -Ayuntamiento de Plasencia (izquierda) y Casa de la
Juventud (derecha)- que se pueden conseguir a través de la siguiente dirección:
juventud@aytoplasencia.es
DUODÉCIMA. PUBLICIDAD DE LAS SUBVENCIONES CONCEDIDAS.
Serán objeto de publicación en el tablón de anuncios de la Corporación la totalidad de las
subvenciones concedidas cuando su importe sea inferior a 3.000,00 euros, con expresión de la
convocatoria, el programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad
concedida y finalidad o finalidades de la subvención; en el caso de que superen dicha
cifra,serán objeto de publicación además en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.
Igualmente y de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 8.b del artículo 20 de la Ley General
de Subvenciones, en la redacción dada por la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, el
Ayuntamiento remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones las subvenciones
concedidas con indicación según cada caso, de la convocatoria, el programa y crédito
presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida y objetivo o finalidad de la
subvención con expresión de los distintos programas o proyectos subvencionados.
DECIMOTERCERA. PROTECCIÓN DE DATOS.
INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE LA PROTECCIÓN DE SUS DATOS.
Responsable AYUNTAMIENTO DE PLASENCIA.
Finalidad Tramitación de gestión de la solicitud de subvenciones de las asociaciones juveniles.
Legitimación RGPD 6.1 e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión
realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del
tratamiento;Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la Comunidad Autónoma de
Extremadura; Ley 8/2018, de 23 de octubre, del comercio ambulante de Extremadura.
Destinatarios No se cederán salvo obligación legal.
Derechos Acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento y, en su caso,
oposición y portabilidad de los datos. Asimismo, el interesado tendrá derecho a interponer una
CVE:
BOP-2024-4658
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 6 de septiembre de 2024
N.º 0173
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