Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2024-4607)
BOP-2024-4607 Convocatoria para la Concesión de los Premios II Día de la Bicicleta Alcuéscar 2024.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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De acuerdo con lo que disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra dicha resolución
podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en
el término de un mes a contar desde el día siguiente de la recepción de la notificación, o bien
directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-
Administrativo de Cáceres, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la
recepción de la notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
DÉCIMO PRIMERA. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE SOLICITUDES.
Cada participante recibirá un número junto al dorsal para poder participar en un único sorteo al
final del recorrido.
DÉCIMO SEGUNDO. MEDIOS DE NOTIFICACIÓN O PUBLICACIÓN.
Las notificaciones se practicarán en el lugar y por el medio que el/a solicitante haga constar a
tal efecto en la solicitud, teniendo en cuenta lo establecido a estos efectos en el artículo 41 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
DÉCIMO TERCERA. PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA.
La publicación de la convocatoria se llevará a cabo en el Boletín Oficial de la Provincia de
Cáceres, a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones de conformidad con lo
establecido en el artículo 20.8 a). de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Se publicará un extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de
Cáceres y el texto íntegro de la misma en la sede electrónica del Excmo. Ayuntamiento de
Alcuéscar.
DÉCIMO CUARTA. RÉGIMEN JURÍDICO.
La presente convocatoria se regirá, en lo no previsto en las presentes bases por lo dispuesto
en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Real Decreto 887 de
2006, de 21 de julio por el que se aprueba su Reglamento de Desarrollo, en la Ley 39/20015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en la Ordenanza
General Reguladora de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Alcuéscar y en la demás
normativa que le resulte de aplicación.
CVE:
BOP-2024-4607
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 4 de septiembre de 2024
N.º 0171
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Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra dicha resolución
podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en
el término de un mes a contar desde el día siguiente de la recepción de la notificación, o bien
directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-
Administrativo de Cáceres, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la
recepción de la notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
DÉCIMO PRIMERA. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE SOLICITUDES.
Cada participante recibirá un número junto al dorsal para poder participar en un único sorteo al
final del recorrido.
DÉCIMO SEGUNDO. MEDIOS DE NOTIFICACIÓN O PUBLICACIÓN.
Las notificaciones se practicarán en el lugar y por el medio que el/a solicitante haga constar a
tal efecto en la solicitud, teniendo en cuenta lo establecido a estos efectos en el artículo 41 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
DÉCIMO TERCERA. PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA.
La publicación de la convocatoria se llevará a cabo en el Boletín Oficial de la Provincia de
Cáceres, a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones de conformidad con lo
establecido en el artículo 20.8 a). de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Se publicará un extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de
Cáceres y el texto íntegro de la misma en la sede electrónica del Excmo. Ayuntamiento de
Alcuéscar.
DÉCIMO CUARTA. RÉGIMEN JURÍDICO.
La presente convocatoria se regirá, en lo no previsto en las presentes bases por lo dispuesto
en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Real Decreto 887 de
2006, de 21 de julio por el que se aprueba su Reglamento de Desarrollo, en la Ley 39/20015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en la Ordenanza
General Reguladora de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Alcuéscar y en la demás
normativa que le resulte de aplicación.
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Miércoles, 4 de septiembre de 2024
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