Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Comarca de Trujillo. (BOP-2024-4603)
BOP-2024-4603 Bases de la Convocatoria Pública del concurso - oposición para cubrir la contratación temporal de una Plaza de Formador/a de los Programas de Aprendizaje a lo Largo de la Vida, para el curso 2024/2025.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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las reclamaciones oportunas. Transcurrido el mismo, la Presidencia dictará resolución
declarando aprobada la lista definitiva de admitidos, que se publicará en el tablón de edictos de
la Mancomunidad y de sus Ayuntamientos, estableciendo el día, lugar y hora de comienzo del
proceso selectivo.
Tanto la lista provisional como la definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, como los
demás documentos relativos al procedimiento de selección, serán publicados en el Tablón de
anuncios de la Sede Electrónica de la Mancomunidad Comarca de Trujillo.
OCTAVA. TRIBUNAL CALIFICADOR.
Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios
de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo a la paridad entre
hombre y mujer. El personal de elección o de designación política, y el personal eventual no
podrán formar parte de los órganos de selección, la pertenencia a los órganos de selección
será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de
nadie.
Las administraciones Públicas podrán negociar las formas de colaboración que en el marco de
los convenios fijen la actuación de las organizaciones Sindicales en el desarrollo de los
procesos selectivos.
El Tribunal se califica en la categoría primera del Anexo II del R.D. 462/02, de 24 de mayo,
estará compuesto de la siguiente forma:
Presidente del Tribunal: Un funcionario perteneciente al Subgrupo A1 o personal laboral
fijo, con exigencia de titulación universitaria, para acceso a su plaza y con destino en
una entidad local de la provincia de Cáceres.
Vocales del Tribunal: Dos vocales funcionarios pertenecientes al Subgrupo A1 o
personal laboral fijo, con exigencia de titulación universitaria, para acceso a su plaza,
empleado en cualquier administración pública, con destino en cualquier municipio de la
provincia de Cáceres.
Secretario del Tribunal: será desempeñado por el Secretario de la Entidad.
Todos los titulares tendrán suplentes. Tanto los titulares como los suplentes serán designados
por el Sr. Presidente.
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir o podrán ser recusados, cuando
concurran los motivos establecidos en el artículo 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público.
CVE:
BOP-2024-4603
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 3 de septiembre de 2024
N.º 0170
Pág. 19166
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las reclamaciones oportunas. Transcurrido el mismo, la Presidencia dictará resolución
declarando aprobada la lista definitiva de admitidos, que se publicará en el tablón de edictos de
la Mancomunidad y de sus Ayuntamientos, estableciendo el día, lugar y hora de comienzo del
proceso selectivo.
Tanto la lista provisional como la definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, como los
demás documentos relativos al procedimiento de selección, serán publicados en el Tablón de
anuncios de la Sede Electrónica de la Mancomunidad Comarca de Trujillo.
OCTAVA. TRIBUNAL CALIFICADOR.
Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios
de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo a la paridad entre
hombre y mujer. El personal de elección o de designación política, y el personal eventual no
podrán formar parte de los órganos de selección, la pertenencia a los órganos de selección
será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de
nadie.
Las administraciones Públicas podrán negociar las formas de colaboración que en el marco de
los convenios fijen la actuación de las organizaciones Sindicales en el desarrollo de los
procesos selectivos.
El Tribunal se califica en la categoría primera del Anexo II del R.D. 462/02, de 24 de mayo,
estará compuesto de la siguiente forma:
Presidente del Tribunal: Un funcionario perteneciente al Subgrupo A1 o personal laboral
fijo, con exigencia de titulación universitaria, para acceso a su plaza y con destino en
una entidad local de la provincia de Cáceres.
Vocales del Tribunal: Dos vocales funcionarios pertenecientes al Subgrupo A1 o
personal laboral fijo, con exigencia de titulación universitaria, para acceso a su plaza,
empleado en cualquier administración pública, con destino en cualquier municipio de la
provincia de Cáceres.
Secretario del Tribunal: será desempeñado por el Secretario de la Entidad.
Todos los titulares tendrán suplentes. Tanto los titulares como los suplentes serán designados
por el Sr. Presidente.
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir o podrán ser recusados, cuando
concurran los motivos establecidos en el artículo 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público.
CVE:
BOP-2024-4603
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Martes, 3 de septiembre de 2024
N.º 0170
Pág. 19166