Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalvillar de Ibor. (BOP-2024-4567)
BOP-2024-4567 Modificación de Crédito N.º 2/2024.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Navalvillar de Ibor
ANUNCIO. Modificación de Crédito N.º 2/2024.
Aprobado definitivamente el expediente de modificación de crédito, modalidad suplemento de
crédito financiado con cargo al remanente líquido de tesorería,se publica a los efectos del
artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, resumida
en el anexo adjunto.
Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2,
apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el
Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas
Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:
a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de
demorarlo a ejercicios posteriores.
b) La insuficiencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa
finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la
vinculación jurídica.
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del TRLRHL, los/as
interesados/as podrán interponer directamente recurso contencioso - administrativo en la forma
y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de
dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 TRLRHL, la interposición de
dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Navalvillar de Ibor, 27 de agosto de 2024
Francisco Javier Díaz Cieza
ALCALDE - PRESIDENTE
CVE:
BOP-2024-4567
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de agosto de 2024
N.º 0168
Pág. 19054
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Navalvillar de Ibor
ANUNCIO. Modificación de Crédito N.º 2/2024.
Aprobado definitivamente el expediente de modificación de crédito, modalidad suplemento de
crédito financiado con cargo al remanente líquido de tesorería,se publica a los efectos del
artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, resumida
en el anexo adjunto.
Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2,
apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el
Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas
Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:
a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de
demorarlo a ejercicios posteriores.
b) La insuficiencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa
finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la
vinculación jurídica.
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del TRLRHL, los/as
interesados/as podrán interponer directamente recurso contencioso - administrativo en la forma
y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de
dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 TRLRHL, la interposición de
dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Navalvillar de Ibor, 27 de agosto de 2024
Francisco Javier Díaz Cieza
ALCALDE - PRESIDENTE
CVE:
BOP-2024-4567
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de agosto de 2024
N.º 0168
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