Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torre de Don Miguel. (BOP-2024-4539)
BOP-2024-4539 Bases para la selección de Un/a Formador/a con cargo a los Programas de Aprendizaje a lo Largo de la Vida para el curso 2024-2025.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Torre de Don Miguel
TERCERA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.-
Para tomar parte en el proceso selectivo será necesario reunir en la fecha de finalización del
plazo señalado para la presentación de instancias, los siguientes requisitos:
a) Ser español o ciudadano de algún Estado miembro de la Unión Europea.
b) Tener cumplidos los 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima
de jubilación forzosa.
c) Con carácter general, para los programas de modalidad A los formadores deberán
estar en posesión del título de maestro u otro título universitario relacionado con las enseñanzas
que vayan a impartir y cuenten con el curso de adaptación pedagógica o Máster Universitario en
Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación
Profesional y Enseñanzas de Idiomas, o título administrativo que lo sustituya, a excepción de
aquellas especialidades que legalmente tengan dispensado este requisito en el momento de la
selección.
d) Estar en situación de demandante de empleo o de mejora de empleo en el
momento de la contratación. Con respecto a los demandantes de mejora de empleo se atenderá a
lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio
de las Administraciones Públicas.
e) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal desarrollo de las
tareas correspondientes.
f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier
Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por
sentencia firme.
g) No estar incurso en causas de incapacidad o incompatibilidad de las establecidas
en la legislación vigente.
CUARTA.-INSTANCIAS Y ADMISIÓN.
Las instancias solicitando tomar parte en el presente concurso se dirigirán a la Sra.
Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Torre de Don Miguel y se presentarán en el Registro
Ayuntamiento de Torre de Don Miguel
Plaza Mayor, 1, Torre de Don Miguel. 10864 (Cáceres). Tfno. 927441032. Fax: 927441135
CVE:
BOP-2024-4539
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de agosto de 2024
N.º 0166
Pág. 18971
TERCERA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.-
Para tomar parte en el proceso selectivo será necesario reunir en la fecha de finalización del
plazo señalado para la presentación de instancias, los siguientes requisitos:
a) Ser español o ciudadano de algún Estado miembro de la Unión Europea.
b) Tener cumplidos los 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima
de jubilación forzosa.
c) Con carácter general, para los programas de modalidad A los formadores deberán
estar en posesión del título de maestro u otro título universitario relacionado con las enseñanzas
que vayan a impartir y cuenten con el curso de adaptación pedagógica o Máster Universitario en
Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación
Profesional y Enseñanzas de Idiomas, o título administrativo que lo sustituya, a excepción de
aquellas especialidades que legalmente tengan dispensado este requisito en el momento de la
selección.
d) Estar en situación de demandante de empleo o de mejora de empleo en el
momento de la contratación. Con respecto a los demandantes de mejora de empleo se atenderá a
lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio
de las Administraciones Públicas.
e) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal desarrollo de las
tareas correspondientes.
f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier
Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por
sentencia firme.
g) No estar incurso en causas de incapacidad o incompatibilidad de las establecidas
en la legislación vigente.
CUARTA.-INSTANCIAS Y ADMISIÓN.
Las instancias solicitando tomar parte en el presente concurso se dirigirán a la Sra.
Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Torre de Don Miguel y se presentarán en el Registro
Ayuntamiento de Torre de Don Miguel
Plaza Mayor, 1, Torre de Don Miguel. 10864 (Cáceres). Tfno. 927441032. Fax: 927441135
CVE:
BOP-2024-4539
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de agosto de 2024
N.º 0166
Pág. 18971