Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-4529)
BOP-2024-4529 Avocación de competencia delegada en Vicepresidencia Segunda de la Diputación de Cáceres para la autorización y disposición del crédito y la suscripción de Convenio.
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Sección I - Administración Local
Provincia
Diputación Provincial de Cáceres
ANUNCIO. Avocación de competencia delegada en Vicepresidencia Segunda de
la Diputación de Cáceres para la autorización y disposición del crédito y la
suscripción de Convenio.
El Ilmo Sr. Presidente de la Excma Diputación Provincial, D. Miguel Ángel Morales Sánchez,
con fecha 26 de agosto de 2024, ha dictado la siguiente Resolución:
Visto el Convenio a suscribir entre la Diputación Provincial de Cáceres y la Fundación de la
Guardia Civil para el Proyecto «Formación a diversas entidades y colectivos en materias de
Ciberseguridad» para el ejercicio 2024/25 cuyo texto, así como autorización y disposición del
crédito han sido aprobados.
Vista la citada Resolución de fecha 5 de julio de 2023 relativa a delegación de competencias en
las Vicepresidencias de la Diputación, en la que se establece en su resuelve Segundo que:
“La Vicepresidencia segunda se denominará “de Hacienda y Administración General”, y
comprenderá las materias relativas a: hacienda, gabinete jurídico, asistencia a entidades
locales, personal, SEPEI, formación, Parque Móvil, Prevención Riesgos Laborales, OARGT,
informática, BOP, imprenta y publicaciones.
Se delegan en la “Vicepresidencia segunda, de Hacienda y Administración General”, ejercida
por doña Isabel Ruiz Correyero (nombramiento como Vicepresidenta segunda por resolución
de 1 de julio de 2023) las siguientes competencias:
[...]
10. La suscripción de la firma, en general, de todas las resoluciones cuyas propuestas de
resolución sean suscritas o se tramiten por la correspondiente unidad administrativa del Área
de Hacienda y Asistencia a Entidades Locales relativas a gastos, que incluirán, según los
casos, los actos de autorización, disposición, reconocimiento de la obligación y ordenación del
pago (esto es, fases A, D, O y P del gasto).
Considerando que es de interés de la Presidencia la suscripción del mencionado Convenio.
CVE:
BOP-2024-4529
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de agosto de 2024
N.º 0166
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