Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabezuela del Valle. (BOP-2024-4512)
BOP-2024-4512 Aprobación definitiva del Reglamento Regulador del Espacio Coworking.
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REGLAMENTO MUNICIPAL REGULADOR DEL
ESPACIO COWORKING DE CABEZUELA DEL VALLE
tipo, aunque se trate de un mero depósito temporal.
8.5. Espacios comunes
Las zonas comunes del edificio, se utilizarán únicamente para los usos
previstos sin que, en ningún caso, puedan mantenerse sobre ellas materiales o
elementos ajenos a su propia estructura. De producirse este hecho, todo material o
elemento que se encuentre situado en zonas comunes podrá ser retirado por el
Ayuntamiento de Cabezuela del Valle con notificación a la persona propietaria del
mencionado material o elemento.
Cada uno de los ocupantes de los espacios del Espacio Coworking de
Cabezuela del Valle tendrá el libre uso de las zonas comunes, según su destino,
siempre y cuando se respeten las normas de uso específicas de cada espacio,
cuando las haya, así como que no se impida con ello los mismos derechos de los
restantes usuarios y su buen funcionamiento.
Cualquier circunstancia que implique el no cumplimiento de los requisitos
recogidos en las normas generales de uso de los espacios comunes supondrá la
imposibilidad de utilización de dichos espacios. No obstante, el Ayuntamiento de
Cabezuela del Valle estudiará cada situación de forma particular, pudiendo
articularse soluciones alternativas para la utilización del espacio.
Respecto a los espacios de uso compartido, para asegurar una correcta
convivencia deben respetarse las siguientes condiciones de acceso:
• La sala de reuniones pretende ofrecer a los usuarios un espacio de uso
individual para garantizar la privacidad en reuniones internas, presentaciones a
clientes y cualquier otra circunstancia que se adapte a la instalación.
• Las reservas de los espacios compartidos se realizará siguiendo el sistema
que establezca para ello, manteniéndose el cuadrante actualizado, pare que, en
cualquier momento, todas las personas emprendedoras puedan conocer la
disponibilidad de uso del espacio. El Ayuntamiento tendrán siempre preferencia de
uso.
• Las personas usuarias deben comprometerse a respetar las normas
básicas de civismo y convivencia, para permitir un uso compartido del espacio,
debiendo dejarse la instalación en las mismas condiciones en las que se encontró al
comienzo de la sesión.
• Es estrictamente necesario cumplir con las reservas de sala realizadas o,
en su defecto, cancelar aquellas que no vayan a utilizarse.
• El Ayuntamiento de Cabezuela del Valle podría retirar el derecho de uso de
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Cód.
Validación:
W3NQCYQNS46WYZGW4XYWX3K6M
Verificación:
https://cabezueladelvalle.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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CVE:
BOP-2024-4512
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 26 de agosto de 2024
N.º 0164
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