Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabezuela del Valle. (BOP-2024-4512)
BOP-2024-4512 Aprobación definitiva del Reglamento Regulador del Espacio Coworking.
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REGLAMENTO MUNICIPAL REGULADOR DEL
ESPACIO COWORKING DE CABEZUELA DEL VALLE
correspondiente procedimiento sancionador.
1.‐ Serán faltas leves:
 Desatender las indicaciones de las personas responsables.
 Ocasionar alborotos o cualquier otra acción, no prevista como grave o muy
grave, injustificada que altere o interrumpa el desarrollo de la convivencia
de trabajo.
 El deterioro leve de las instalaciones, mobiliario o material del Espacio
Coworking de Cabezuela del Valle.
 El incumplimiento de las normas prevista en el reglamento que no tengan
carácter grave o muy grave.
2.‐ Serán faltas graves:
 La alteración de la convivencia de los distintos espacios y servicios del
Espacio Coworking de Cabezuela del Valle.
 La alteración del funcionamiento del Espacio Coworking de Cabezuela del
Valle y de los servicios que presta.
 Los actos ofensivos contra las personas que acuden al Espacio Coworking de
Cabezuela del Valle así como contra el personal que trabaja en el mismo,
amenazas y agresiones verbales o físicas.
 La utilización inadecuada de los distintos espacios y servicios del Espacio
Coworking de Cabezuela del Valle.
 Causar, por uso indebido, deterioros graves en las instalaciones, mobiliario y
material del Espacio Coworking de Cabezuela del Valle.
 La comisión de tres faltas leves en un año.
3.‐ Serán faltas muy graves:
 El impago de la cuota a la que esté obligado en los términos que establezca
el Ayuntamiento.
 La no utilización del puesto de trabajo asignado por un periodo superior a 2
meses.
 La comisión de dos faltas graves en un periodo de un año.
 La comisión de tres faltas graves en un periodo de tres años.
Las faltas leves podrán ser sancionadas con apercibimiento por escrito.
Las faltas graves podrán ser sancionadas con la expulsión del Espacio
Coworking de Cabezuela del Valle por un mínimo de 1 día y un máximo de 5 días.
Las faltas muy graves podrán ser sancionadas con la extinción de la
autorización.
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Cód.
Validación:
W3NQCYQNS46WYZGW4XYWX3K6M
Verificación:
https://cabezueladelvalle.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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CVE:
BOP-2024-4512
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 26 de agosto de 2024
N.º 0164
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