Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-4510)
BOP-2024-4510 Venta Ganado Bovino Sacrificio.
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CONDICIONES GENERALES VENTA SACRIFICIO/CEBADERO DE GANADO BOVINO
Informe de Necesidad y Valoración Técnica
En el efectivo ganadero de la finca “Haza de la Concepción”, ubicada en el término municipal de Malpartida
de Plasencia, y una vez efectuada la selección previa para la reposición, se hace necesario proceder a la
enajenación de ganado bovino procedente de referida finca propiedad de la Diputación Provincial de Cáce-
res.
Según lo dispuesto en el artículo 118 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el
Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, se procede a realizar el siguiente informe de valoración:
* Consideraciones Generales:
El precio empleado para el ganado que habrá de regir la adjudicación, es fijado como tipo de licitación de re-
ferencia, (IVA excluido).
Asimismo, correrán por cuenta del adjudicatario los gastos derivados de los necesarios desplazamientos del
ganado desde la finca “Haza de la Concepción” hasta su destino.
El plazo máximo de retirada de los animales de dicha finca será de 7 días naturales a contar desde la notifi-
cación de la Resolución de adjudicación.
* Consideraciones Específicas:
1.- Tal y como se ha indicado con anterioridad, como base para la determinación del precio mínimo se utili-
zan los precios fijados en la sesión del día 9 de agosto de 2024 de la “La Lonja Agropecuaria de Extremadu-
ra” correspondiente al tipo del ganado a enajenar. Si en la citada sesión no existiera precio de cotización por
alguna de las razas puestas en venta, se tomará como referencia la última sesión en la que se hubiera de-
terminado precio mínimo para esa raza.
Dadas las características del ganado, el precio aplicado es el correspondiente a cada categoría.
2.- Efectuada la media, al precio obtenido se le aplica el factor de corrección que corresponde al rendimiento
cárnico de la raza y sexo de cada lote y ello, toda vez que en la Mesa de Precios de referencia se determina
el precio/kg canal y, sin embargo, la enajenación se efectúa peso/kg vivo.
3.- Al Precio Peso/Kilogramo Vivo obtenido, tomando como referencia la Mesa de Bovino, se le aplican los
siguientes factores de corrección derivados del mercado:
a) Fluctuación de hasta un 10% (+ -) respecto al precio de Lonja, según oferta y demanda.
b) Obligación del adjudicatario de retirar los animales en lotes cerrados.
c) Imposibilidad de aplazamiento de pago.
4.- En el caso de que los adjudicatarios coincidan en la misma oferta en uno o más lotes, la enajenación se
adjudicará a la oferta global más ventajosa. En el caso de que todas las ofertas fueran por el mismo importe,
se procederá al reparto, o bien de los animales si sólo existiera un lote, o bien de los distintos lotes en el
caso de que hubiera varios, de forma proporcional entre los participantes.
SECCIÓN AGRÍCOLA Y GANADERA – Ronda San Francisco, s/n – Edificio “Julián Murillo” – 10071 Cáceres
DIR: LA0009150 Unidad Agropecuaria – Tlf: 927 25 56 31 y 927 25 55 06 – Email: agropecuaria@dip-caceres.es
CVE:
BOP-2024-4510
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 26 de agosto de 2024
N.º 0164
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