Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Romangordo. (BOP-2024-4507)
BOP-2024-4507 Información Pública Convenio Consorcio Másmedio - Ayuntamiento de Romangordo.
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CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES (MÁSMEDIO) P-1000044F
Edf. Julián Murillo, Ronda San Francisco, 3, 10.002,Cáceres. 927 255 500 info@masmedio.es
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el Servicio Técnico de “MÁSMEDIO” considere necesario para el correcto
funcionamiento de la instalación y del que previamente se requerirá informe
justificativo para su motivación.
Para la gestión y recaudación de la contraprestación económica que, en su caso,
deba satisfacer por el AYUNTAMIENTO, se estará a lo dispuesto en el Real Decreto
Legislativo, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las
disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, en la Ley 58/2003, de
17 de diciembre, General Tributaria.
En el supuesto que el AYUNTAMIENTO no pueda hacer frente a la totalidad de
la contraprestación o la totalidad de gastos originados por los trabajos y servicios
realizados por el Consorcio “MÁSMEDIO” para atender la encomienda de gestión, el
AYUNTAMIENTO autoriza al Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión
Tributaria, para la compensación de la deuda a favor del Consorcio “MÁSMEDIO”, a
través de otros ingresos que tuviere reconocido la Entidad Local, y a utilizar cuantos
procedimientos legales sean precisos, para garantizar los ingresos del Consorcio
“MÁSMEDIO”. En este caso, el AYUNTAMIENTO no percibirá subvenciones u otros
ingresos que el Consorcio “MÁSMEDIO” pueda obtener en la gestión del Servicio.
NOVENA. - Gestión y ejecución de ingresos de derecho público y régimen de
compensación de deuda.
Corresponderá al Consorcio “MÁSMEDIO” la gestión, liquidación, inspección y
recaudación de los importes que figuren en los correspondientes convenios marco a
nivel extremeño o convenios bilaterales del propio Consorcio, importes que tendrá
naturaleza de ingreso de derecho público. Los ejercicios de estas facultades serán
delegadas en el Organismo Autónomo de Recaudación de la Diputación de Cáceres.
El AYUNTAMIENTO autoriza al Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión
Tributaria, para que a partir del 1 de enero de cada año, proceda a la compensación
al Consorcio “MÁSMEDIO”, de la deuda municipal que se pudiera derivar de las
obligaciones contraídas, cuya fecha de pago en voluntaria haya vencido, con
cualquiera de las transferencias de fondos que la Administración General del Estado
incluyendo la participación municipal en los Tributos del Estado, la Junta de
Extremadura o el Consorcio “MÁSMEDIO” tenga que realizar a su favor.
DÉCIMA. - Duración de la encomienda de gestión.
La duración del Convenio será de VEINTICINCO (25 años) a contar desde el inicio
de la gestión. Si con doce meses de antelación al término del plazo, ninguna de las
CVE:
BOP-2024-4507
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 23 de agosto de 2024
N.º 0163
Pág. 18843
Edf. Julián Murillo, Ronda San Francisco, 3, 10.002,Cáceres. 927 255 500 info@masmedio.es
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el Servicio Técnico de “MÁSMEDIO” considere necesario para el correcto
funcionamiento de la instalación y del que previamente se requerirá informe
justificativo para su motivación.
Para la gestión y recaudación de la contraprestación económica que, en su caso,
deba satisfacer por el AYUNTAMIENTO, se estará a lo dispuesto en el Real Decreto
Legislativo, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las
disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, en la Ley 58/2003, de
17 de diciembre, General Tributaria.
En el supuesto que el AYUNTAMIENTO no pueda hacer frente a la totalidad de
la contraprestación o la totalidad de gastos originados por los trabajos y servicios
realizados por el Consorcio “MÁSMEDIO” para atender la encomienda de gestión, el
AYUNTAMIENTO autoriza al Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión
Tributaria, para la compensación de la deuda a favor del Consorcio “MÁSMEDIO”, a
través de otros ingresos que tuviere reconocido la Entidad Local, y a utilizar cuantos
procedimientos legales sean precisos, para garantizar los ingresos del Consorcio
“MÁSMEDIO”. En este caso, el AYUNTAMIENTO no percibirá subvenciones u otros
ingresos que el Consorcio “MÁSMEDIO” pueda obtener en la gestión del Servicio.
NOVENA. - Gestión y ejecución de ingresos de derecho público y régimen de
compensación de deuda.
Corresponderá al Consorcio “MÁSMEDIO” la gestión, liquidación, inspección y
recaudación de los importes que figuren en los correspondientes convenios marco a
nivel extremeño o convenios bilaterales del propio Consorcio, importes que tendrá
naturaleza de ingreso de derecho público. Los ejercicios de estas facultades serán
delegadas en el Organismo Autónomo de Recaudación de la Diputación de Cáceres.
El AYUNTAMIENTO autoriza al Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión
Tributaria, para que a partir del 1 de enero de cada año, proceda a la compensación
al Consorcio “MÁSMEDIO”, de la deuda municipal que se pudiera derivar de las
obligaciones contraídas, cuya fecha de pago en voluntaria haya vencido, con
cualquiera de las transferencias de fondos que la Administración General del Estado
incluyendo la participación municipal en los Tributos del Estado, la Junta de
Extremadura o el Consorcio “MÁSMEDIO” tenga que realizar a su favor.
DÉCIMA. - Duración de la encomienda de gestión.
La duración del Convenio será de VEINTICINCO (25 años) a contar desde el inicio
de la gestión. Si con doce meses de antelación al término del plazo, ninguna de las
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