Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ahigal. (BOP-2024-4497)
BOP-2024-4497 Aprobación definitiva Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por el uso del espacio colaborativo y de emprendimiento COWORKING.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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El Ayuntamiento de AHIGAL analizará todas las solicitudes recibidas para ello dependiendo de
la tipología de proyectos.
En el caso de que el número de solicitudes sea mayor que el número de puestos de trabajo
disponibles, los puestos se adjudicarán en función de la puntuación obtenida según los criterios
de valoración. Estas solicitudes se elevarán a Alcaldía del Ayuntamiento de AHIGAL, junto con
la propuesta de acuerdo y, en su caso, el correspondiente dictamen de la Comisión Informativa
competente en la materia, al objeto de su resolución.
En el plazo de 1 mes desde la adjudicación, la persona beneficiaria deberá presentar la
siguiente documentación:
Póliza de responsabilidad civil por el ejercicio de actividad profesional por importe
mínimo cubierto de 50.000 €.
Tratándose de personas físicas: alta en Hacienda y alta en el régimen especial de
trabajadores y trabajadoras autónomas de la Seguridad Social o equivalente.
Tratándose de personas jurídicas: el alta en Hacienda y Seguridad Social, escritura de
constitución, CIF, fotocopia compulsada de la escritura pública de poder y en la que
conste las facultades para contratar con la administración por parte de la persona
solicitante.
Aquellos proyectos que no hayan logrado obtener plaza en el Espacio de Trabajo Colaborativo
y de Emprendimiento se incorporarán a una lista de espera en base al orden de puntuación
obtenida. Cuando una plaza quede vacante, las solicitudes en lista de espera concurrirán junto
con las nuevas solicitudes que puedan existir, a la adjudicación de los mismos, resolviéndose
su asignación en base al orden de puntuación.
Aquellas personas emprendedoras y empresas cuya solicitud se encuentre en lista de espera,
podrán solicitar una nueva valoración en caso de justificar cambios sustanciales en su proyecto
inicial.
ANEXO II
CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LOS PROYECTOS.
Los proyectos serán valorados y dictaminados según los siguientes criterios:
1. IDEA DE NEGOCIO: Puntuación máxima de 30 puntos.
Indicadores:
CVE:
BOP-2024-4497
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 23 de agosto de 2024
N.º 0163
Pág. 18778
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El Ayuntamiento de AHIGAL analizará todas las solicitudes recibidas para ello dependiendo de
la tipología de proyectos.
En el caso de que el número de solicitudes sea mayor que el número de puestos de trabajo
disponibles, los puestos se adjudicarán en función de la puntuación obtenida según los criterios
de valoración. Estas solicitudes se elevarán a Alcaldía del Ayuntamiento de AHIGAL, junto con
la propuesta de acuerdo y, en su caso, el correspondiente dictamen de la Comisión Informativa
competente en la materia, al objeto de su resolución.
En el plazo de 1 mes desde la adjudicación, la persona beneficiaria deberá presentar la
siguiente documentación:
Póliza de responsabilidad civil por el ejercicio de actividad profesional por importe
mínimo cubierto de 50.000 €.
Tratándose de personas físicas: alta en Hacienda y alta en el régimen especial de
trabajadores y trabajadoras autónomas de la Seguridad Social o equivalente.
Tratándose de personas jurídicas: el alta en Hacienda y Seguridad Social, escritura de
constitución, CIF, fotocopia compulsada de la escritura pública de poder y en la que
conste las facultades para contratar con la administración por parte de la persona
solicitante.
Aquellos proyectos que no hayan logrado obtener plaza en el Espacio de Trabajo Colaborativo
y de Emprendimiento se incorporarán a una lista de espera en base al orden de puntuación
obtenida. Cuando una plaza quede vacante, las solicitudes en lista de espera concurrirán junto
con las nuevas solicitudes que puedan existir, a la adjudicación de los mismos, resolviéndose
su asignación en base al orden de puntuación.
Aquellas personas emprendedoras y empresas cuya solicitud se encuentre en lista de espera,
podrán solicitar una nueva valoración en caso de justificar cambios sustanciales en su proyecto
inicial.
ANEXO II
CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LOS PROYECTOS.
Los proyectos serán valorados y dictaminados según los siguientes criterios:
1. IDEA DE NEGOCIO: Puntuación máxima de 30 puntos.
Indicadores:
CVE:
BOP-2024-4497
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 23 de agosto de 2024
N.º 0163
Pág. 18778