Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almoharín. (BOP-2024-4463)
BOP-2024-4463 Aprobación definitiva de la Modificación de las Ordenanzas Fiscales.
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ANEXO
MODIFICACIÓN DEL ARTICULO 3 DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA
DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE CASAS DE BAÑOS,
DUCHAS, PISCINA E INSTALACIONES DEPORTIVAS Y OTROS SERVICIOS
ANALOGOS. Su nueva redacción es la siguiente:
1.- ENTRADAS:
* Días laborares: menores de 10 años, 1,00 €, mayores 1,50€.
* Días festivos y domingos: menores de 10 años, 1,50€, mayores 2.00€.
2.- CARNÉ DE TEMPORADA:
* Mayores: 35,00 €
* Menores hasta 10 años: 25,00 €
* Familiar:
- 2 miembros: 50,00€
- 3 miembros: 60,00€
- 4 o más miembros: 70,00€
Requisitos para los abonos familiares: Ser familias monoparentales o parejas de echo
o matrimonio, con hijos menores de 18 años que convivan en el domicilio familiar o mayores
de 18 años hasta 30 años inclusives que acrediten encontrarse en desempleo y convivan en el
domicilio familiar
3.- ABONOS DE 10 BAÑOS:
* Mayores: 15,00 €
* Menores hasta 10 años: 10,00 €.
MODIFICACIÓN DEL ARTICULO 4 DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA
DE LA TASA DEL CEMENTERIO MUNICIPAL; AÑADIENDO UN APARTADO MAS,
APARTADO C), su nueva redacción es la siguiente:
Apartado c) Cambio de Titularidad. –
El cambio de titularidad solo se podrá realizar entre herederos legítimos y se abonará
una tasa de 20,00 €.
MODIFICACIÓN DEL ARTICULO 6 DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA
DE LA PRESTACION DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y DEPURACION DE
AGUAS RESIDUALES, su nueva redacción es la siguiente:
3.- La cuota tributaria a exigir por la prestación de los servicios de ALCANTARILLADP,
TRATAMIENTO Y DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES, por cada vivienda, local
y/o solar que contribuya en IBI y/o tenga alta en el servicio de agua, es la siguiente:
CONCEPTO:
Hasta 1.803,04 euros de V.C………………... 16€.
De 1.803,04 a 6.010,12 euros de V.C.……….. 17€.
CVE:
BOP-2024-4463
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 21 de agosto de 2024
N.º 0161
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