Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres. (BOP-2024-4434)
BOP-2024-4434 Delegación de las atribuciones de la Alcaldía en el Tercer Teniente de Alcalde.
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CUARTO. La delegación conferida en la presente resolución requerirá para su eficacia la
aceptación del órgano delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula
ante esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de
tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución.
QUINTO. La presente resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, dándose
cuenta de su contenido al pleno de la corporación en la primera sesión que celebre.
SEXTO. En lo no previsto expresamente en esta resolución se aplicarán directamente las
previsiones de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y del
Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en cuanto a las
reglas que para la delegación se establecen en dichas normas.
Malpartida de Cáceres, 14 de agosto de 2024
Alfredo Aguilera Alcántara
ALCALDE-PRESIDENTE
CVE:
BOP-2024-4434
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 19 de agosto de 2024
N.º 0159
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