Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pueblonuevo de Miramontes. (BOP-2024-4406)
BOP-2024-4406 Bases que han de regir la convocatoria para cubrir en propiedad, mediante concurso-oposición, una plaza de Auxiliar Administrativo, derivada del proceso extraordinario de estabilización.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Pueblonuevo de Miramontes
Se justifica la valoración específica de estos méritos por considerar probada su adecuación a
las características del puesto, en atención a la experiencia adquirida en el desarrollo de las
funciones correspondientes, concretadas en el ámbito del régimen jurídico y competencial
local.
La experiencia profesional en el Ayuntamiento de Pueblonuevo de Miramontes se acreditará
mediante certificación emitida a solicitud del interesado por el propio Ayuntamiento. En
ningún caso se valorarán méritos no enumerados en la solicitud de admisión al proceso
selectivo.
El resto de experiencia profesional se acreditará por las personas aspirantes, a través de
certificado de servicios prestados emitido por el órgano competente de la Administración en
la que han prestado servicios, de conformidad con la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de
reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública, indicándose la
denominación de la plaza, el grupo de clasificación y porcentaje de duración de la jornada.
La experiencia profesional en puestos con funciones similares se acreditará mediante
certificado emitido por el órgano competente de la Administración en la que han prestado
servicios, en el que consten las funciones del puesto o plaza ocupados temporalmente.
Los servicios prestados a tiempo parcial serán valorados con la consiguiente reducción.
Se entenderá por mes completo de trabajo efectivo el que resulte de computar 30 días
completos de trabajo efectivo, aunque no sean consecutivos. Para el cálculo de los meses de
trabajo efectivo se aplicará la siguiente fórmula (sin considerar los decimales):
M1= DT2/30
En la que:
M1 corresponde al número de meses completos computables a efectos de valoración.
DT2 corresponde al número de días de prestación de servicios, conforme a la
documentación acreditativa de los mismos.
8.2. Méritos académicos y otros méritos: con una puntuación máxima de 10 puntos de
acuerdo con la siguiente valoración:
8.2.1. Se valorará con una puntuación máxima de 7 puntos la participación en cursos de
formación, recibidos o impartidos, que hayan sido convocados, impartidos u homologados por
el Instituto Nacional de Administración Pública, por Administraciones Públicas u Organismos
y Organizaciones dependientes de ellas, o por organizaciones sindicales u otros agentes
promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el empleo de las
Administraciones Públicas, Universidades y colegios profesionales, cuyo contenido esté
directamente relacionado con las funciones propias de la plaza a la que se opta. Asimismo, se
valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, que hayan sido convocados,
impartidos u homologados por los agentes anteriores, con contenidos transversales y
Ayuntamiento de Pueblonuevo de Miramontes
Plaza Mayor s/n, Pueblonuevo de Miramontes. 10318 (Cáceres). Tfno. 927573046. Fax: 927573276
Cód.
Validación:
6AHTM47QXQZ39CCKTALAN69TZ
Verificación:
https://pueblonuevodemiramontes.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
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Verificable
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Miércoles, 14 de agosto de 2024
N.º 0157
Pág. 18424
Se justifica la valoración específica de estos méritos por considerar probada su adecuación a
las características del puesto, en atención a la experiencia adquirida en el desarrollo de las
funciones correspondientes, concretadas en el ámbito del régimen jurídico y competencial
local.
La experiencia profesional en el Ayuntamiento de Pueblonuevo de Miramontes se acreditará
mediante certificación emitida a solicitud del interesado por el propio Ayuntamiento. En
ningún caso se valorarán méritos no enumerados en la solicitud de admisión al proceso
selectivo.
El resto de experiencia profesional se acreditará por las personas aspirantes, a través de
certificado de servicios prestados emitido por el órgano competente de la Administración en
la que han prestado servicios, de conformidad con la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de
reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública, indicándose la
denominación de la plaza, el grupo de clasificación y porcentaje de duración de la jornada.
La experiencia profesional en puestos con funciones similares se acreditará mediante
certificado emitido por el órgano competente de la Administración en la que han prestado
servicios, en el que consten las funciones del puesto o plaza ocupados temporalmente.
Los servicios prestados a tiempo parcial serán valorados con la consiguiente reducción.
Se entenderá por mes completo de trabajo efectivo el que resulte de computar 30 días
completos de trabajo efectivo, aunque no sean consecutivos. Para el cálculo de los meses de
trabajo efectivo se aplicará la siguiente fórmula (sin considerar los decimales):
M1= DT2/30
En la que:
M1 corresponde al número de meses completos computables a efectos de valoración.
DT2 corresponde al número de días de prestación de servicios, conforme a la
documentación acreditativa de los mismos.
8.2. Méritos académicos y otros méritos: con una puntuación máxima de 10 puntos de
acuerdo con la siguiente valoración:
8.2.1. Se valorará con una puntuación máxima de 7 puntos la participación en cursos de
formación, recibidos o impartidos, que hayan sido convocados, impartidos u homologados por
el Instituto Nacional de Administración Pública, por Administraciones Públicas u Organismos
y Organizaciones dependientes de ellas, o por organizaciones sindicales u otros agentes
promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el empleo de las
Administraciones Públicas, Universidades y colegios profesionales, cuyo contenido esté
directamente relacionado con las funciones propias de la plaza a la que se opta. Asimismo, se
valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, que hayan sido convocados,
impartidos u homologados por los agentes anteriores, con contenidos transversales y
Ayuntamiento de Pueblonuevo de Miramontes
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