Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdastillas. (BOP-2024-4368)
BOP-2024-4368 Bases selección Encargado/a de mantenimiento de servicios municipales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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AYUNTAMIENTO de VALDASTILLAS (cc)
Solano, 12.- 10.614.- Tf 927476066 . C.I.F. P1020000-D www.valdastillas.es ayuntamiento@valdastillas.es
5
anteriormente mencionada, sin perjuicio de que el Tribunal Calificador pueda solicitar
la ampliación de documentación si considera que un mérito no se encuentra
correctamente acreditado, por así constar en la propia Administración convocante.
Base quinta: Admisión de las personas aspirantes.
5.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldía-Presidencia del
Ayuntamiento dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de personas
admitidas y excluidas y las causas de exclusión, señalando un plazo de diez días hábiles
para su subsanación. Se indica que, si la persona aspirante no hiciera la subsanación, se
le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que se dictará al efecto, de
conformidad con lo establecido en el art.42.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
En esta misma resolución se establecerá la composición del Tribunal Calificador
al que se refiere la Base sexta de esta convocatoria, publicándose en el «Boletín Oficial»
de la provincia de Cáceres, tablón de anuncios o tablón edictal de la sede electrónica o
página web del Ayuntamiento.
Una vez finalizado el plazo de subsanación, las reclamaciones, si las hubiere,
serán rechazadas o aceptadas por la Alcaldía- Presidencia, en una nueva Resolución por
la que se apruebe la lista definitiva.
La lista provisional se entenderá automáticamente elevada a definitiva si no se
produjesen alegaciones.
5.2. Una vez publicada la lista definitiva de personas admitidas y/o excluidas en el
«Boletín Oficial» de la provincia de Cáceres, el resto de anuncios y publicaciones
relativas al proceso se harán públicas tanto en el tablón de anuncios físico o en la Sede
electrónica o página web del Ayuntamiento.
5.3. Las personas excluidas en la lista definitiva podrán presentarse a la
realización de la evaluación con carácter cautelar siempre y cuando acrediten haber
presentado el oportuno recurso contra su exclusión y si para dicha fecha no se ha
resuelto el mismo.
5.4. En el supuesto de que, por circunstancias excepcionales, se hubiese de
modificar el lugar, fecha y hora de celebración de la evaluación, deberá publicarse en el
tablón de anuncios físico y tablón edictal de la sede electrónica o página web del
Ayuntamiento.
Base sexta: Tribunal calificador.
6.1. El Tribunal calificador, de categoría 3ª según el R.D. 462/2002, de 24 de
mayo, estará constituido por la Presidencia, tres Vocalías y una Secretaría:
Presidencia: Un/a empleado/a público/a designado por la Alcaldía.
Vocales: Tres, un/a empleado/a público/a designado por la Junta de Extremadura
y dos empleados/as públicos/as designado por la Alcaldía de cualquiera otra
Administración Pública.
Secretaría: El titular de la Secretaría General de la Corporación o funcionario/a en
quien delegue, con voz y voto.
CVE:
BOP-2024-4368
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 12 de agosto de 2024
N.º 0155
Pág. 18266
Solano, 12.- 10.614.- Tf 927476066 . C.I.F. P1020000-D www.valdastillas.es ayuntamiento@valdastillas.es
5
anteriormente mencionada, sin perjuicio de que el Tribunal Calificador pueda solicitar
la ampliación de documentación si considera que un mérito no se encuentra
correctamente acreditado, por así constar en la propia Administración convocante.
Base quinta: Admisión de las personas aspirantes.
5.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldía-Presidencia del
Ayuntamiento dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de personas
admitidas y excluidas y las causas de exclusión, señalando un plazo de diez días hábiles
para su subsanación. Se indica que, si la persona aspirante no hiciera la subsanación, se
le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que se dictará al efecto, de
conformidad con lo establecido en el art.42.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
En esta misma resolución se establecerá la composición del Tribunal Calificador
al que se refiere la Base sexta de esta convocatoria, publicándose en el «Boletín Oficial»
de la provincia de Cáceres, tablón de anuncios o tablón edictal de la sede electrónica o
página web del Ayuntamiento.
Una vez finalizado el plazo de subsanación, las reclamaciones, si las hubiere,
serán rechazadas o aceptadas por la Alcaldía- Presidencia, en una nueva Resolución por
la que se apruebe la lista definitiva.
La lista provisional se entenderá automáticamente elevada a definitiva si no se
produjesen alegaciones.
5.2. Una vez publicada la lista definitiva de personas admitidas y/o excluidas en el
«Boletín Oficial» de la provincia de Cáceres, el resto de anuncios y publicaciones
relativas al proceso se harán públicas tanto en el tablón de anuncios físico o en la Sede
electrónica o página web del Ayuntamiento.
5.3. Las personas excluidas en la lista definitiva podrán presentarse a la
realización de la evaluación con carácter cautelar siempre y cuando acrediten haber
presentado el oportuno recurso contra su exclusión y si para dicha fecha no se ha
resuelto el mismo.
5.4. En el supuesto de que, por circunstancias excepcionales, se hubiese de
modificar el lugar, fecha y hora de celebración de la evaluación, deberá publicarse en el
tablón de anuncios físico y tablón edictal de la sede electrónica o página web del
Ayuntamiento.
Base sexta: Tribunal calificador.
6.1. El Tribunal calificador, de categoría 3ª según el R.D. 462/2002, de 24 de
mayo, estará constituido por la Presidencia, tres Vocalías y una Secretaría:
Presidencia: Un/a empleado/a público/a designado por la Alcaldía.
Vocales: Tres, un/a empleado/a público/a designado por la Junta de Extremadura
y dos empleados/as públicos/as designado por la Alcaldía de cualquiera otra
Administración Pública.
Secretaría: El titular de la Secretaría General de la Corporación o funcionario/a en
quien delegue, con voz y voto.
CVE:
BOP-2024-4368
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 12 de agosto de 2024
N.º 0155
Pág. 18266