Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Moraleja. (BOP-2024-4364)
BOP-2024-4364 Bases reguladoras de la convocatoria de para la cobertura, con carácter interino, de una plaza de Dinamizador/a Socio-Cultural, por el sistema selectivo de concurso-oposición.
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Sistema de selección: Concurso-oposición
Las funciones que tiene encomendadas y la retribución del puesto son las recogidas en la
correspondiente Relación de Puestos de Trabajo y Plantilla de Personal.
Las presentes bases tendrán en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y
hombres, por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la
Constitución Española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica
3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Por último y en
relación a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 8/2011, de 23 de marzo de Igualdad entre
mujeres y hombres y contra la violencia de género en Extremadura: “Los poderes públicos de
Extremadura incorporarán la evaluación del impacto de género en el desarrollo de sus
competencias, para garantizar la integración del principio de igualdad entre hombres y
mujeres”.
Las bases de la presente convocatoria, así como sus anexos, se podrán consultar tanto en el
tablón de anuncios de la sede electrónica de este Ayuntamiento,
https://moraleja.sedelectronica.es
en la página web:
www.moraleja.es
y en el Tablón de Anuncios.
Además, a efectos informativos, se hará público en la misma dirección de Internet, la relación
de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, provisional y definitivamente, así como las
relaciones de aprobados/as de cada ejercicio.
SEGUNDA.- REQUISITOS DE LAS PERSONAS ASPIRANTES
Para tomar parte en estas pruebas selectivas, será necesario reunir, en la fecha de expiración
del plazo señalado en la base tercera para la presentación de instancias, durante el desarrollo
del proceso selectivo y mantener hasta el momento de la toma de posesión, los siguientes
requisitos:
1.-Tener nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
CVE:
BOP-2024-4364
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 12 de agosto de 2024
N.º 0155
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