Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Sierra de Fuentes. (BOP-2024-4282)
BOP-2024-4282 Aprobación definitiva de la modificación de las bases de ejecución de presupuesto para el ejercicio 2024.
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Sierra de Fuentes
ANUNCIO. Aprobación definitiva de la modificación de las bases de ejecución de
presupuesto para el ejercicio 2024.
Transcurrido el plazo de exposición de la aprobación inicial de la modificación de las Bases de
Ejecución del Presupuesto Municipal para el ejercicio 2024, aprobada inicialmente por el Pleno
Municipal en su sesión extraordinaria celebrada el día 10 de julio de 2024, sin que se hayan
presentado alegaciones a la misma, procede su aprobación definitiva.
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de modificación de las bases de ejecución
del presupuesto municipal del ejercicio 2024 al no haberse presentado alegaciones, se publica
el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en
Cáceres, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente
anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o
Acuerdo impugnado.
Sierra de Fuentes, 5 de agosto de 2024
Sergio Domínguez Maestre
ALCALDE-PRESIDENTE
CVE:
BOP-2024-4282
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 7 de agosto de 2024
N.º 0152
Pág. 17849