Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aldeacentenera. (BOP-2024-4250)
BOP-2024-4250 Bases que han de regir la Convocatoria y Proceso de Selección de personal laboral.
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Aldeacentenera
SEGUNDA. Modalidad del Contrato
Tiempo de contrato/duración: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 28 a 31 del
Decreto 51/2015, de 30 de marzo; el formador/a será contratad@ expresa y directamente por la
entidad beneficiaria para el periodo de desarrollo del programa; las acciones formativas
asociadas al desarrollo de los programas tendrán lugar en el periodo comprendido entre el 1 de
octubre del año de la convocatoria (2024) y el 30 de junio del año siguiente (2025).
Las enseñanzas a desarrollar: Desarrollo de los Programas Formativos "modalidad A" P05, y
P04, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 51/2015, de 30 de marzo y Resolución de
22 de marzo de 2024:
- Programa 04 Programa de lengua y cultura españolas para extranjeros.
- Programa 05: Programa de lengua extranjera para castellanohablantes
TERCERA. Condiciones de Admisión de Aspirantes
Para poder participar en los procesos selectivos es necesario reunir los siguientes requisitos
generales:
a) Tener la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea,
sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 90 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función
Pública de Extremadura.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad de jubilación forzosa, salvo que por
ley se establezca otra edad máxima para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades
Autónomas, no hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el ejercicio de las funciones
propias del cuerpo, escala o categoría objeto de la convocatoria mediante sentencia firme o por
haber sido despedido disciplinariamente de conformidad con lo previsto en el artículo 96.1.b)
del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. En el caso de ser nacional de otro Estado, no
hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Poseer la titulación exigida o cumplir los requisitos para su obtención en la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación.
Los requisitos deberán cumplirse en el momento de la finalización del plazo para presentar la
solicitud de participación en el correspondiente proceso selectivo y deberán acreditarse una vez
finalizado éste, antes del nombramiento como funcionario en prácticas o la formalización del
contrato en el caso del personal laboral.
Ayuntamiento de Aldeacentenera
Plaza de España, 1, Aldeacentenera. 10251 (Cáceres). Tfno. 927314027. Fax: 927314144
Cód.
Validación:
T5N75A7MZQ9KP4JLPYQPPXW26
Verificación:
https://aldeacentenera.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
2
de
11
CVE:
BOP-2024-4250
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 6 de agosto de 2024
N.º 0151
Pág. 17759