Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aldeanueva de la Vera. (BOP-2024-4234)
BOP-2024-4234 Delegación de funciones de Alcaldía.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Aldeanueva de la Vera
ANUNCIO. Delegación de funciones de Alcaldía.
Considerando que corresponde a los/as Tenientes de Alcalde/sa, en cuanto tales, sustituir en la
totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, al/a Alcaldes/as, en los casos de
ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a éste para el ejercicio de sus
atribuciones, así como desempeñar las funciones del/a Alcalde/sa en los supuestos de vacante
en la Alcaldía hasta que tome posesión el/a nuevo/a Alcalde/sa.
Considerando que durante el periodo de tiempo comprendido entre el 5 de Agosto de 2024
hasta el 25 de Agosto de 2024, ambos incluidos, el Alcalde se encontrará ausente del
Municipio.
Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 44 y 47 del
Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,
aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
RESUELVO
PRIMERO. Delegar en Doña María del Pilar Serrano Masedo, Teniente de Alcalde la totalidad
de las funciones de la Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, durante el periodo de tiempo que me encuentre
fuera de la localidad, desde el día 5 de Agosto de 2024 hasta el 25 de Agosto de 2024, ambos
incluidos.
SEGUNDO. La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de
resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos
administrativos que afecten a terceros.
CVE:
BOP-2024-4234
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 5 de agosto de 2024
N.º 0150
Pág. 17718
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Aldeanueva de la Vera
ANUNCIO. Delegación de funciones de Alcaldía.
Considerando que corresponde a los/as Tenientes de Alcalde/sa, en cuanto tales, sustituir en la
totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, al/a Alcaldes/as, en los casos de
ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a éste para el ejercicio de sus
atribuciones, así como desempeñar las funciones del/a Alcalde/sa en los supuestos de vacante
en la Alcaldía hasta que tome posesión el/a nuevo/a Alcalde/sa.
Considerando que durante el periodo de tiempo comprendido entre el 5 de Agosto de 2024
hasta el 25 de Agosto de 2024, ambos incluidos, el Alcalde se encontrará ausente del
Municipio.
Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 44 y 47 del
Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,
aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
RESUELVO
PRIMERO. Delegar en Doña María del Pilar Serrano Masedo, Teniente de Alcalde la totalidad
de las funciones de la Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, durante el periodo de tiempo que me encuentre
fuera de la localidad, desde el día 5 de Agosto de 2024 hasta el 25 de Agosto de 2024, ambos
incluidos.
SEGUNDO. La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de
resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos
administrativos que afecten a terceros.
CVE:
BOP-2024-4234
Verificable
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Lunes, 5 de agosto de 2024
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