Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Garganta la Olla. (BOP-2024-4205)
BOP-2024-4205 Selección Formador/a Programas Aprendizaje a lo Largo de la Vida.
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Ayuntamiento de Garganta la Olla
Desde la publicación del acta del tribunal, hasta un día antes de la contratación o, y salvo los
casos de fuerza mayor, deberán de presentar la documentación que se cita, y si no presentasen
la documentación, no podrán ser nombrados, quedando anulados todas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.
Documentación a presentar: LAS ESTIPULADAS EN ESTAS BASES
DÉCIMO TERCERA. CONTRATACIÓN
1. Concluido el proceso selectivo y aportados los documentos a que se refiere la Base
anterior, el Alcalde de acuerdo con la propuesta del Tribunal calificador procederá a la
contratación mediante notificación al seleccionado / a.
2. Quienes sin causa justificada no tomen posesión o firma del contrato en el plazo
señalado, quedarán en la situación de cesantes, con pérdida de todos los derechos
derivados de la convocatoria y del nombramiento conferido.
DÉCIMO CUARTA. INCOMPATIBILIDADES.
El empleado público contratado nombrados quedarán sujetos al régimen de
incompatibilidades del sector público, conforme a la normativa vigente.
DÉCIMO QUINTA. INCIDENCIAS.
1. La aprobación de las Bases de la convocatoria y los actos administrativos que se sucedan
podrán ser recurridos por los interesados en los casos y en la forma prevista por la Ley
30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
2. Para lo no previsto en estas Bases o en la que las contradigan, serán de aplicación la Ley
7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico de la Función Pública; la Ley 7/85 de 2 de abril el
Real Decreto Legislativo 781/86 de 18 de abril; la Ley 30/84 de 2 de agosto y el Real Decreto
896/1991, de 7 de junio; el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el
Reglamento General de Ingreso del Personal Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración
general del Estado y de Provisión de Puesto de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General Estado y demás normas concordantes de
general aplicación, El tribunal queda facultado para adoptar cualquier decisión, en lo no
estipulado en estas bases como para el normal funcionamiento del proceso de selección.
En Garganta la Olla a 19 de julio de 2023
El Alcalde-Presidente
Santiago Blazquez López
Ayuntamiento de Garganta la Olla
Plaza Diez de Mayo, 1, Garganta la Olla. 10412 (Cáceres). Tfno. 927179699. Fax: 927179512
Cód.
Validación:
47J7JJN64MN6KE24EKME3654F
Verificación:
https://gargantalaolla.sedelectronica.es/
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Viernes, 2 de agosto de 2024
N.º 0149
Pág. 17657
Desde la publicación del acta del tribunal, hasta un día antes de la contratación o, y salvo los
casos de fuerza mayor, deberán de presentar la documentación que se cita, y si no presentasen
la documentación, no podrán ser nombrados, quedando anulados todas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.
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DÉCIMO TERCERA. CONTRATACIÓN
1. Concluido el proceso selectivo y aportados los documentos a que se refiere la Base
anterior, el Alcalde de acuerdo con la propuesta del Tribunal calificador procederá a la
contratación mediante notificación al seleccionado / a.
2. Quienes sin causa justificada no tomen posesión o firma del contrato en el plazo
señalado, quedarán en la situación de cesantes, con pérdida de todos los derechos
derivados de la convocatoria y del nombramiento conferido.
DÉCIMO CUARTA. INCOMPATIBILIDADES.
El empleado público contratado nombrados quedarán sujetos al régimen de
incompatibilidades del sector público, conforme a la normativa vigente.
DÉCIMO QUINTA. INCIDENCIAS.
1. La aprobación de las Bases de la convocatoria y los actos administrativos que se sucedan
podrán ser recurridos por los interesados en los casos y en la forma prevista por la Ley
30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
2. Para lo no previsto en estas Bases o en la que las contradigan, serán de aplicación la Ley
7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico de la Función Pública; la Ley 7/85 de 2 de abril el
Real Decreto Legislativo 781/86 de 18 de abril; la Ley 30/84 de 2 de agosto y el Real Decreto
896/1991, de 7 de junio; el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el
Reglamento General de Ingreso del Personal Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración
general del Estado y de Provisión de Puesto de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General Estado y demás normas concordantes de
general aplicación, El tribunal queda facultado para adoptar cualquier decisión, en lo no
estipulado en estas bases como para el normal funcionamiento del proceso de selección.
En Garganta la Olla a 19 de julio de 2023
El Alcalde-Presidente
Santiago Blazquez López
Ayuntamiento de Garganta la Olla
Plaza Diez de Mayo, 1, Garganta la Olla. 10412 (Cáceres). Tfno. 927179699. Fax: 927179512
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