Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Belvís de Monroy. (BOP-2024-4200)
BOP-2024-4200 Bases y convocatoria en el marco del proceso de Estabilización de Empleo Temporal, Dos Plazas Operarios/as de Servicios Múltiples.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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AYUNTAMIENTO DE BELVIS DE MONROY
C.I.F. P-1002700-A
Teléfono 927575823-24 Fax 927575784
C/ Escuelas, s/n.
10.394 – BELVIS DE MONROY
Las presentes Bases vincularán a la Administración y al Tribunal Calificador que ha de juzgar
las pruebas selectivas y a quienes participen en las mismas.
Las presentes Bases solo podrán ser modificadas con sujeción estricta a las normas de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
BASE QUINTA. REQUISITOS DE LOS /LAS ASPIRANTES
Para poder participar en este proceso selectivo será necesario reunir las siguientes
condiciones:
º Nacionalidad: Tener la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la
Unión Europea o nacional del Reino de Noruega o de la República de Islandia. También podrán
participar el cónyuge (siempre que no estén separados de derecho), los descendientes
menores de veintiún años o los que, siendo mayores de dicha edad, vivan a sus expensas.
Igualmente, se extenderá a las personas incluidas en el ámbito de los Tratados Internacionales
celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, en los que sean de aplicación
la libre circulación de trabajadores y trabajadoras.
º Capacidad: poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones que se deriven
del puesto por desempeñar.
º Edad: tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad máxima de
jubilación forzosa.
º Habilitación: no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones públicas o de los organismos constitucionales o estatutarios
de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos
o cargos públicos por resolución judicial para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o
para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el
que hubieses sido separado o inhabilitado.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni
haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los
mismos términos el acceso al empleo público.
º Titulación: Certificado de Estudios Primarios o titulación equivalente.
Los /las aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la
correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de
equivalencia.
Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento
de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las
disposiciones de derecho comunitario.
Los requisitos establecidos deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de
presentación de solicitudes y mantenerse hasta la formalización del contrato como personal
laboral fijo.
BASE SEXTA. TURNO DE RESERVA Y ASPIRANTES CON DISCAPACIDAD
No se establece un turno de reserva en el presente proceso selectivo.
Las personas con discapacidad serán admitidas en igualdad de condiciones con los demás
participantes, sin que se establezcan exclusiones por limitaciones psíquicas o físicas, sino en
los casos en que sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones a desarrollar.
Cód.
Validación:
4XXQ4ZAH7WAFXPQEHXE9DZT63
Verificación:
https://belvisdemonroy.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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CVE:
BOP-2024-4200
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 2 de agosto de 2024
N.º 0149
Pág. 17597
C.I.F. P-1002700-A
Teléfono 927575823-24 Fax 927575784
C/ Escuelas, s/n.
10.394 – BELVIS DE MONROY
Las presentes Bases vincularán a la Administración y al Tribunal Calificador que ha de juzgar
las pruebas selectivas y a quienes participen en las mismas.
Las presentes Bases solo podrán ser modificadas con sujeción estricta a las normas de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
BASE QUINTA. REQUISITOS DE LOS /LAS ASPIRANTES
Para poder participar en este proceso selectivo será necesario reunir las siguientes
condiciones:
º Nacionalidad: Tener la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la
Unión Europea o nacional del Reino de Noruega o de la República de Islandia. También podrán
participar el cónyuge (siempre que no estén separados de derecho), los descendientes
menores de veintiún años o los que, siendo mayores de dicha edad, vivan a sus expensas.
Igualmente, se extenderá a las personas incluidas en el ámbito de los Tratados Internacionales
celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, en los que sean de aplicación
la libre circulación de trabajadores y trabajadoras.
º Capacidad: poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones que se deriven
del puesto por desempeñar.
º Edad: tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad máxima de
jubilación forzosa.
º Habilitación: no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones públicas o de los organismos constitucionales o estatutarios
de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos
o cargos públicos por resolución judicial para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o
para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el
que hubieses sido separado o inhabilitado.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni
haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los
mismos términos el acceso al empleo público.
º Titulación: Certificado de Estudios Primarios o titulación equivalente.
Los /las aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la
correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de
equivalencia.
Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento
de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las
disposiciones de derecho comunitario.
Los requisitos establecidos deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de
presentación de solicitudes y mantenerse hasta la formalización del contrato como personal
laboral fijo.
BASE SEXTA. TURNO DE RESERVA Y ASPIRANTES CON DISCAPACIDAD
No se establece un turno de reserva en el presente proceso selectivo.
Las personas con discapacidad serán admitidas en igualdad de condiciones con los demás
participantes, sin que se establezcan exclusiones por limitaciones psíquicas o físicas, sino en
los casos en que sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones a desarrollar.
Cód.
Validación:
4XXQ4ZAH7WAFXPQEHXE9DZT63
Verificación:
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Pág. 17597