Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Belvís de Monroy. (BOP-2024-4198)
BOP-2024-4198 Bases y convocatoria en el marco del proceso de Estabilización de Empleo Temporal, Plaza Auxiliar Administrativo/a.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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AYUNTAMIENTO DE BELVIS DE MONROY
C.I.F. P-1002700-A
Teléfono 927575823-24 Fax 927575784
C/ Escuelas, s/n.
10.394 – BELVIS DE MONROY
Únicamente procederá la devolución de los derechos de examen a las personas aspirantes que
hayan quedado definitivamente excluidas de las pruebas selectivas. A tales efectos, el reintegro
se realizará previa solicitud de la persona interesada. No se procederá a la devolución de tasas
en los supuestos de exclusión de participación en las pruebas selectivas por causa imputable a
la persona interesada.
La no presentación de la documentación y la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión
del aspirante del proceso selectivo, salvo que únicamente se trate de la documentación
acreditativa de los méritos que el candidato desee que se valoren en la fase de concurso, en
cuyo caso el /la aspirante podrá ser admitido /a, pero será valorado /a con cero puntos en la
valoración de méritos.
Si alguna instancia adoleciese de algún defecto subsanable se requerirá a la persona
interesada para que, en el plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos
preceptivos, con
apercibimiento de que, de no hacerlo así, será excluida de la lista de admitidos/as. Los errores
de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a
petición de la persona interesada.
BASE NOVENA. ADMISIÓN DE ASPIRANTES
Transcurrido el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía-Presidencia dictará resolución,
en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la relación provisional de admitidos /as y
excluidos /as en cada uno de ellos. En dicha resolución, que deberá publicarse en el Boletín
Oficial de la Provincia de Cáceres y Tablón de Anuncios de la sede electrónica municipal,
contendrá, como anexo, la relación nominal de aspirantes excluidos /as provisionalmente, con
su correspondiente documento nacional de identidad o análogo para los /las de nacionalidad
extranjera, y con indicación de las causas de exclusión, así como el lugar en que se encuentran
expuestas al público las listas de personas admitidas y excluidas.
Asimismo, en la citada resolución, se hará pública la designación de los miembros titulares y
suplentes que componen el Tribunal Calificador.
A efectos de la admisión de aspirantes, se entenderán como no subsanables:
La presentación de la solicitud fuera de plazo.
El incumplimiento de los requisitos exigidos para tomar parte en el proceso
selectivo.
La falta de pago en plazo de la tasa por derechos de examen.
Los /as aspirantes excluidos /as expresamente, así como los que no figuren en la relación
provisional de admitidos /as ni en la de excluidos /as del proceso selectivo extraordinario,
dispondrán de un plazo único e improrrogable de diez días hábiles, contados a partir del
siguiente al de la publicación de dicha resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de
Cáceres, a fin de subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión
expresa.
Es necesario en aras a la simplificación y no obstaculización del trabajo interno del Servicio de
Personal, que la persona aspirante subsane de la misma manera y a través del mismo cauce
utilizado para presentar su solicitud de participación en el proceso selectivo.
Quienes dentro del plazo señalado no subsanen los defectos justificando su derecho a ser
admitidos /as, serán definitivamente excluidos /as del proceso selectivo. Asimismo, aquellos /as
aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus datos personales podrán
manifestarlo en el plazo señalado.
Cód.
Validación:
5MQGMT6KRLWRTN4DEGJK9PEMM
Verificación:
https://belvisdemonroy.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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11
de
22
CVE:
BOP-2024-4198
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 2 de agosto de 2024
N.º 0149
Pág. 17559
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Teléfono 927575823-24 Fax 927575784
C/ Escuelas, s/n.
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Únicamente procederá la devolución de los derechos de examen a las personas aspirantes que
hayan quedado definitivamente excluidas de las pruebas selectivas. A tales efectos, el reintegro
se realizará previa solicitud de la persona interesada. No se procederá a la devolución de tasas
en los supuestos de exclusión de participación en las pruebas selectivas por causa imputable a
la persona interesada.
La no presentación de la documentación y la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión
del aspirante del proceso selectivo, salvo que únicamente se trate de la documentación
acreditativa de los méritos que el candidato desee que se valoren en la fase de concurso, en
cuyo caso el /la aspirante podrá ser admitido /a, pero será valorado /a con cero puntos en la
valoración de méritos.
Si alguna instancia adoleciese de algún defecto subsanable se requerirá a la persona
interesada para que, en el plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos
preceptivos, con
apercibimiento de que, de no hacerlo así, será excluida de la lista de admitidos/as. Los errores
de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a
petición de la persona interesada.
BASE NOVENA. ADMISIÓN DE ASPIRANTES
Transcurrido el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía-Presidencia dictará resolución,
en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la relación provisional de admitidos /as y
excluidos /as en cada uno de ellos. En dicha resolución, que deberá publicarse en el Boletín
Oficial de la Provincia de Cáceres y Tablón de Anuncios de la sede electrónica municipal,
contendrá, como anexo, la relación nominal de aspirantes excluidos /as provisionalmente, con
su correspondiente documento nacional de identidad o análogo para los /las de nacionalidad
extranjera, y con indicación de las causas de exclusión, así como el lugar en que se encuentran
expuestas al público las listas de personas admitidas y excluidas.
Asimismo, en la citada resolución, se hará pública la designación de los miembros titulares y
suplentes que componen el Tribunal Calificador.
A efectos de la admisión de aspirantes, se entenderán como no subsanables:
La presentación de la solicitud fuera de plazo.
El incumplimiento de los requisitos exigidos para tomar parte en el proceso
selectivo.
La falta de pago en plazo de la tasa por derechos de examen.
Los /as aspirantes excluidos /as expresamente, así como los que no figuren en la relación
provisional de admitidos /as ni en la de excluidos /as del proceso selectivo extraordinario,
dispondrán de un plazo único e improrrogable de diez días hábiles, contados a partir del
siguiente al de la publicación de dicha resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de
Cáceres, a fin de subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión
expresa.
Es necesario en aras a la simplificación y no obstaculización del trabajo interno del Servicio de
Personal, que la persona aspirante subsane de la misma manera y a través del mismo cauce
utilizado para presentar su solicitud de participación en el proceso selectivo.
Quienes dentro del plazo señalado no subsanen los defectos justificando su derecho a ser
admitidos /as, serán definitivamente excluidos /as del proceso selectivo. Asimismo, aquellos /as
aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus datos personales podrán
manifestarlo en el plazo señalado.
Cód.
Validación:
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