Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montehermoso. (BOP-2024-4182)
BOP-2024-4182 Bases (rectificadas) que han de regir la convocatoria para cubrir, con carácter de laboral fijo, Una plaza de Oficial de Primera Encargado/a de la plantilla de personal.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Montehermoso
La presentación del modelo de instancia o solicitud de admisión en el proceso selectivo supone la
declaración de que son ciertos los datos consignados en la misma, de que se reúnen las condiciones
exigidas para el ingreso en las Administraciones Públicas y de que se reúnen, asimismo, las condiciones
específicamente señaladas en la convocatoria, comprometiéndose los interesados a probar
documentalmente, una vez superado el proceso selectivo, todos los datos que figuren en la solicitud, o en
el momento que sea requerido para ello. El solo hecho de presentar instancia solicitando tomar parte en la
convocatoria constituye sometimiento expreso de los aspirantes a estas bases, que tiene la consideración
de Ley reguladora de dicha convocatoria.
Las solicitudes para tomar parte en las correspondientes pruebas de selección se podrán presentar en el
plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en
el Boletín Oficial del Estado.
CUARTA. Admisión de Aspirantes
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, Sra. Alcaldesa dictará resolución en el plazo máximo de
un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se
publicará en la sede electrónica de este Ayuntamiento
http://ayuntamientodemontehermoso.sedelectronica.es se señalará un plazo de diez días hábiles para que
se puedan formular reclamaciones o subsanar los defectos que hayan motivado la exclusión.
Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanaren dicha causa quedarán definitivamente
excluidos de la convocatoria.
No obstante, si en cualquier momento posterior a la aprobación de la lista definitiva de aspirantes
admitidos/excluidos, incluso durante la celebración de las pruebas o en la fase posterior, se advierte en las
solicitudes y documentación aportada por los aspirantes inexactitud o falsedad que fuera causa de
exclusión, ésta se considerará defecto insubsanable, previa audiencia al interesado y se resolverá dicha
exclusión.
Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando
su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización
de las pruebas.
Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva de aspirantes
admitidos y excluidos, que se publicará en la sede electrónica de este Ayuntamiento.
En la misma publicación se hará constar el día, hora y lugar en que habrán de realizarse las pruebas/el
día, hora y lugar en que habrá de realizarse el primer ejercicio de selección. El llamamiento para
posteriores ejercicios se hará mediante la publicación en la sede electrónica de este Ayuntamiento
http://ayuntamientodemontehermoso.sedelectronica.es; los anuncios de la celebración de las sucesivas
pruebas deberán hacerse públicos por el órgano de selección en la sede del Ayuntamiento, con doce
horas, al menos, de antelación al comienzo de este, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro
horas, si se trata de uno nuevo. Igualmente, en la misma resolución, se hará constar la designación
nominal del Tribunal.
Los errores materiales o de hecho que pudieran advertirse en la lista podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición del interesado, de conformidad con lo previsto en la Ley 39/2015 de 1 de
octubre.
QUINTA. Tribunal Calificador
Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de
imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y de paridad entre mujeres y hombres. Los órganos de
selección se constituirán en cada convocatoria.
Cód.
Validación:
4WNAL9CX3L9MZWSTRKXTRJTN4
Verificación:
https://ayuntamientodemontehermoso.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2024-4182
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 1 de agosto de 2024
N.º 0148
Pág. 17480
La presentación del modelo de instancia o solicitud de admisión en el proceso selectivo supone la
declaración de que son ciertos los datos consignados en la misma, de que se reúnen las condiciones
exigidas para el ingreso en las Administraciones Públicas y de que se reúnen, asimismo, las condiciones
específicamente señaladas en la convocatoria, comprometiéndose los interesados a probar
documentalmente, una vez superado el proceso selectivo, todos los datos que figuren en la solicitud, o en
el momento que sea requerido para ello. El solo hecho de presentar instancia solicitando tomar parte en la
convocatoria constituye sometimiento expreso de los aspirantes a estas bases, que tiene la consideración
de Ley reguladora de dicha convocatoria.
Las solicitudes para tomar parte en las correspondientes pruebas de selección se podrán presentar en el
plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en
el Boletín Oficial del Estado.
CUARTA. Admisión de Aspirantes
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, Sra. Alcaldesa dictará resolución en el plazo máximo de
un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se
publicará en la sede electrónica de este Ayuntamiento
http://ayuntamientodemontehermoso.sedelectronica.es se señalará un plazo de diez días hábiles para que
se puedan formular reclamaciones o subsanar los defectos que hayan motivado la exclusión.
Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanaren dicha causa quedarán definitivamente
excluidos de la convocatoria.
No obstante, si en cualquier momento posterior a la aprobación de la lista definitiva de aspirantes
admitidos/excluidos, incluso durante la celebración de las pruebas o en la fase posterior, se advierte en las
solicitudes y documentación aportada por los aspirantes inexactitud o falsedad que fuera causa de
exclusión, ésta se considerará defecto insubsanable, previa audiencia al interesado y se resolverá dicha
exclusión.
Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando
su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización
de las pruebas.
Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva de aspirantes
admitidos y excluidos, que se publicará en la sede electrónica de este Ayuntamiento.
En la misma publicación se hará constar el día, hora y lugar en que habrán de realizarse las pruebas/el
día, hora y lugar en que habrá de realizarse el primer ejercicio de selección. El llamamiento para
posteriores ejercicios se hará mediante la publicación en la sede electrónica de este Ayuntamiento
http://ayuntamientodemontehermoso.sedelectronica.es; los anuncios de la celebración de las sucesivas
pruebas deberán hacerse públicos por el órgano de selección en la sede del Ayuntamiento, con doce
horas, al menos, de antelación al comienzo de este, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro
horas, si se trata de uno nuevo. Igualmente, en la misma resolución, se hará constar la designación
nominal del Tribunal.
Los errores materiales o de hecho que pudieran advertirse en la lista podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición del interesado, de conformidad con lo previsto en la Ley 39/2015 de 1 de
octubre.
QUINTA. Tribunal Calificador
Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de
imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y de paridad entre mujeres y hombres. Los órganos de
selección se constituirán en cada convocatoria.
Cód.
Validación:
4WNAL9CX3L9MZWSTRKXTRJTN4
Verificación:
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Jueves, 1 de agosto de 2024
N.º 0148
Pág. 17480