Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villasbuenas de Gata. (BOP-2024-4135)
BOP-2024-4135 Bases de selección Profesor/a Programas de Aprendizaje a lo Largo de la Vida durante el curso 2024/25.
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AYUNTAMIENTO DE VILLASBUENAS DE GATA
Plaza Palacio, 1. C.P. 10858 Tlf.: 927. 67 30 78 - Fax: 927 67 30 23
RESOLUCIÓN de 3 de julio de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional,
Innovación e Inclusión Educativa, por la que se resuelve la concesión de ayudas para la
realización de programas de aprendizaje a lo largo de la vida en la Comunidad Autónoma de
Extremadura, durante el curso 2024/2025 (DOE nº 133 de 10 de julio de 2024).
SÉPTIMA.- Aspirantes aprobados.-
Finalizado el proceso selectivo, se levantará acta, que será firmada por el Presidente
del Tribunal y el Secretario, señalando las puntuaciones obtenidas por cada aspirante,
haciéndose propuesta de contratación a favor del aspirante que hubiera obtenido mayor
puntuación total, seguidos del resto de aspirantes por orden de puntuación para posibles
sustituciones, si el Ayuntamiento lo considera procedente, en caso de renuncia u otra causa
de baja de alguna de las personas seleccionadas.
En el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en su sede electrónica,
https://villasbuenasdegata.sedelectronica.es, se expondrá anuncio con los datos y
puntuaciones obtenidas por la persona seleccionada, pudiendo presentarse alegaciones
dentro de los dos días hábiles siguientes al de exposición.
Resueltas las reclamaciones, se dictará Resolución de contratación de la persona
seleccionada, de conformidad con la propuesta elevada por el Tribunal Calificador,
firmándose, seguidamente, el correspondiente contrato.
Si la Consejería de Educación y Empleo no aprueba la realización del
curso por falta de alumnos o cualquier otro motivo el Ayuntamiento no realizará la
contratación con el formador/es cuyos cursos no se han aprobado sin derecho a
indemnización alguna.
DÉCIMA.- Recursos.-
Contra estas bases y cuantos actos se deriven de las mismas y de la actuación del
Tribunal, se podrán interponer impugnaciones por las personas interesadas en los casos y en
las formas previstas por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
En Villasbuenas de Gata, a la fecha de la firma
EL ALCALDE,
Fdo.: Luis Fernando Rivero Sánchez
Cód.
Validación:
MKF9GNHTZNCQAXWZCDNFSHJMZ
Verificación:
https://villasbuenasdegata.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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CVE:
BOP-2024-4135
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 30 de julio de 2024
N.º 0146
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