Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navas del Madroño. (BOP-2024-4129)
BOP-2024-4129 Convenio de Colaboración entre la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social y el Ayuntamiento de Navas del Madroño.
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Ayuntamiento de Navas del Madroño
B) OBLIGACIONES DERIVADAS del CONVENIO
B.1) Obligaciones derivadas del convenio.
El Encargado y todo el personal bajo su control se obliga a:
a. Utilizar los datos personales objeto de tratamiento, o los que recoja para su inclusión, sólo para la finalidad objeto del convenio En
ningún caso podrá utilizar los datos para fines propios.
b. Tratar los datos de acuerdo con las instrucciones documentadas del Responsable. Inclusive con respecto a las transferencias
internacionales de datos, si el Encargado debe transferir datos personales a un tercer país o a una organización internacional, en virtud
del Derecho de la Unión o de los Estados miembros que le sea aplicable, informará al Responsable de esa exigencia legal de manera
previa, salvo que tal Derecho lo prohíba por razones importantes de interés público.
c. Llevar, por escrito, salvo que pueda acogerse a alguna de las excepciones del artículo 30.5 del RGPD, un registro de todas las
categorías de actividades de tratamiento efectuadas por cuenta del Responsable, que contenga, conforme al artículo 30.2 del RGPD:
1. El nombre y los datos de contacto del Encargado y de cada responsable por cuenta del cual actúe el Encargado.
2. Las categorías de tratamientos efectuados por cuenta de cada responsable.
3. Una descripción general de las medidas técnicas y organizativas de seguridad apropiadas 3.que esté aplicando al tratamiento de los
datos.
d. No comunicar los datos a terceras personas, salvo que cuente con la autorización expresa del Responsable, en los supuestos
legalmente admisibles.
e. Mantener el deber de secreto respecto a los datos de carácter personal a los que haya tenido acceso en virtud del presente convenio,
incluso después de que finalice el mismo.
f. Garantizar que las personas autorizadas para tratar datos personales se comprometan de forma expresa y por escrito, a respetar la
confidencialidad y a cumplir las medidas de seguridad correspondientes, de las que el encargado les informará convenientemente. El
Encargado mantendrá a disposición del Responsable la documentación acreditativa del cumplimiento de esta obligación.
g. Garantizar la formación necesaria en materia de protección de datos personales de las personas autorizadas para tratar datos
personales.
h. Cuando las personas afectadas ejerzan los derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, limitación del tratamiento y
portabilidad de datos ante el Encargado, éste debe comunicarlo por correo electrónico a la dirección que indique el Responsable. La
comunicación debe hacerse de forma inmediata y en ningún caso más allá del día laborable siguiente al de la recepción de la solicitud,
juntamente, en su caso, con otras informaciones que puedan ser relevantes para resolver la solicitud.
i. Notificación de violaciones de la seguridad de los datos. El encargado notificará al Responsable, sin dilación indebida y a través de la
dirección de correo electrónico que le indique el Responsable, las violaciones de la seguridad de los datos personales a su cargo de las que
tenga conocimiento, juntamente con toda la información relevante para la documentación y comunicación de la incidencia. Se
facilitará, como mínimo, la información siguiente:
— Descripción de la naturaleza de la violación de la seguridad de los datos personales, inclusive, cuando sea posible, las categorías y el
número aproximado de interesados afectados, y las categorías y el número aproximado de registros de datos personales afectados.
— Datos de la persona de contacto del Encargado para obtener más información.
— Descripción de las posibles consecuencias de la violación de la seguridad de los datos personales.
— Descripción de las medidas adoptadas o propuestas para poner remedio a la violación de la seguridad de los datos personales,
incluyendo, si procede, las medidas adoptadas para mitigar los posibles efectos negativos. Si no es posible facilitar la información
simultáneamente, y en la medida en que no lo sea, la información se facilitará de manera gradual sin dilación indebida.
j. El Encargado asistirá al Responsable con toda la información de la que disponga, a realizar la comunicación de las violaciones de la
seguridad a los interesados, cuando sea probable que dicha violación suponga un alto riesgo para sus derechos y libertades.
k. El Encargado, a petición del Responsable, comunicará en el menor tiempo posible, con toda la información de la que disponga, la
violación de la seguridad de los datos a los interesados, cuando sea probable que la violación suponga un alto riesgo para los derechos y
las libertades de las personas físicas. La comunicación debe realizarse en un lenguaje claro y sencillo y deberá incluir los elementos que
en cada caso señale el Responsable y, como mínimo:
— La naturaleza de la violación de datos.
— Indicación de contacto del Responsable o del Encargado donde se pueda obtener más información.
— Posibles consecuencias de la violación de la seguridad de los datos personales.
— Medidas adoptadas o propuestas por el Responsable para poner remedio a la violación de la seguridad, incluyendo, si procede, las
medidas adoptadas para mitigar los posibles efectos negativos.
l. Poner a disposición del Responsable toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de sus obligaciones, así como para
la realización de las auditorías o las inspecciones que realicen el Responsable u otro auditor autorizado por él.
m. Implantar las medidas de seguridad técnicas y organizativas necesarias para garantizar la confidencialidad, integridad,
disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento. Las medidas de seguridad mínimas se recogen en el
apartado Medidas de seguridad mínimas a aplicar por el Encargado.
B.2) Obligaciones del responsable.
Corresponde al Responsable:
— Proporcionar al Encargado los datos necesarios para que pueda cumplir el convenio.
Ayuntamiento de Navas del Madroño
Plza. de la Constitución, 1, Navas del Madroño. 10930 (Cáceres). Tfno. 927375002. Fax: 927375290
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Martes, 30 de julio de 2024
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