Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2024-4127)
BOP-2024-4127 Aprobación Padrón Fiscal del precio público por aparcamiento subterráneo periodo julio 2024.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata
ANUNCIO. Aprobación Padrón Fiscal del precio público por aparcamiento
subterráneo periodo julio 2024.
Acuerdo del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata por el que se aprueban los padrones y
listas cobratorias del Precio Público por la prestación del servicio de utilización del
aparcamiento subterráneo público municipal situado en calle Agustín Carreño, 1, de
Navalmoral de la Mata – Periodo julio 2024, referidos todos ellos al ejercicio de 2024.
Aprobados por la Concejala delegada de Hacienda, el padrón y lista cobratoria del Precio
Público por la prestación del servicio de utilización del aparcamiento subterráneo público
municipal situado en calle Agustín Carreño, 1, de Navalmoral de la Mata – Periodo julio 2024,
correspondiente al ejercicio 2024, a efectos tanto de su notificación colectiva, en los términos
que se deducen del artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria,
como de la sumisión de los mismos a trámite de información pública, por medio del presente
anuncio, se exponen al público en la Tesorería Municipal y tablón municipal de edictos, por el
plazo de quince días hábiles, a fin de que quienes se estimen interesados puedan formular
cuantas observaciones, alegaciones o reclamaciones, por convenientes, tengan.
Contra el acto de aprobación del citado padrón y las liquidaciones contenidas en el mismo
podrá interponerse recurso previo de reposición ante el Alcalde Presidente en el plazo de un
mes a contar a partir de la fecha de publicación del Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia,
de acuerdo con cuanto establece el artículo 14 del texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
El plazo para hacer efectivas las cuotas individuales, en período voluntario, será de dos meses
contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Los/as contribuyentes podrán efectuar los ingresos en los siguientes lugares:
- En las Entidades Colaboradoras designadas a tal efecto (Banco BBVA y Banco
Santander).
CVE:
BOP-2024-4127
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 30 de julio de 2024
N.º 0146
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Ayuntamientos
Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata
ANUNCIO. Aprobación Padrón Fiscal del precio público por aparcamiento
subterráneo periodo julio 2024.
Acuerdo del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata por el que se aprueban los padrones y
listas cobratorias del Precio Público por la prestación del servicio de utilización del
aparcamiento subterráneo público municipal situado en calle Agustín Carreño, 1, de
Navalmoral de la Mata – Periodo julio 2024, referidos todos ellos al ejercicio de 2024.
Aprobados por la Concejala delegada de Hacienda, el padrón y lista cobratoria del Precio
Público por la prestación del servicio de utilización del aparcamiento subterráneo público
municipal situado en calle Agustín Carreño, 1, de Navalmoral de la Mata – Periodo julio 2024,
correspondiente al ejercicio 2024, a efectos tanto de su notificación colectiva, en los términos
que se deducen del artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria,
como de la sumisión de los mismos a trámite de información pública, por medio del presente
anuncio, se exponen al público en la Tesorería Municipal y tablón municipal de edictos, por el
plazo de quince días hábiles, a fin de que quienes se estimen interesados puedan formular
cuantas observaciones, alegaciones o reclamaciones, por convenientes, tengan.
Contra el acto de aprobación del citado padrón y las liquidaciones contenidas en el mismo
podrá interponerse recurso previo de reposición ante el Alcalde Presidente en el plazo de un
mes a contar a partir de la fecha de publicación del Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia,
de acuerdo con cuanto establece el artículo 14 del texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
El plazo para hacer efectivas las cuotas individuales, en período voluntario, será de dos meses
contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Los/as contribuyentes podrán efectuar los ingresos en los siguientes lugares:
- En las Entidades Colaboradoras designadas a tal efecto (Banco BBVA y Banco
Santander).
CVE:
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Verificable
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