Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral Sierra de San Pedro. (BOP-2024-4111)
BOP-2024-4111 Bases y convocatoria en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal, una plaza de Arquitecto/a Técnico/a municipal.
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BASES ESTABILIZACIÓN EMPLEO TEMPORAL
MANCOMUNIDAD INTEGRAL SIERRA DE SAN PEDRO
PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El objeto de las presentes Bases es la regulación de los procedimientos que regirán la
convocatoria del Concurso de méritos para cubrir, con carácter de personal laboral fijo de la
Mancomunidad I. Sierra de San Pedro, la/s siguiente/s plaza/s que forma/n parte de la Oferta
excepcional de Empleo Público de Estabilización de Empleo Temporal de la Mancomunidad
Integral de Sierra de San Pedro, amparada en la Ley 20/2021 de 28 de diciembre de medidas
urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
Denominación de la plaza Arquitecto técnico
Régimen Laboral fijo
Jornada Completa (100%)
Programa o servicio Servicio de arquitectura técnica municipal
Grupo clasificación A2
Titulación exigible Título de Arquitectura Técnica o cualquier denominación de
Grado que habilite para la profesión regulada de Arquitectura
Técnica o equivalente.
Nº de vacantes 1
Sistema de selección Concurso
Reserva a personas con
discapacidad
No se establece turno de reserva
El proceso selectivo del Concurso de méritos correspondiente a las plazas incluidas en la Oferta
de Empleo Público de Estabilización de Empleo Temporal se ha de realizar garantizando el
cumplimiento de los principios constitucionales de Igualdad, mérito y capacidad, recogidos,
asimismo, en los artículos 55.1 y 2 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Todos los ciudadanos tienen derecho al acceso al empleo público de acuerdo con los principios
constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, y de acuerdo con lo previsto en el presente
Estatuto y en el resto del ordenamiento jurídico.
a) Publicidad de las convocatorias y de sus bases.
b) Transparencia.
c) Imparcialidad y profesionalidad de los miembros de los órganos de selección.
d) Independencia y discrecionalidad técnica en la actuación de los órganos de selección.
e) Adecuación entre el contenido de los procesos selectivos y las funciones o tareas a
desarrollar.
f) Agilidad sin perjuicio de la objetividad, en los procesos de selección.
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MANCOMUNIDAD INTEGRAL“SIERRA DE SAN PEDRO”
C/ Pizarro, 16 - Valencia de Alcántara 10500 (Cáceres)
Web: www.mancomunidadsierrasanpedro.es
Tfno: 927 66 81 47 Fax: 927 58 24 84 Email: info@mancomunidadsierrasanpedro.com
Cód.
Validación:
AE2GCXH7ZMCQPKK7WJ6N4GYD4
Verificación:
https://mancomunidadsierrasanpedro.sedelectronica.es/
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Lunes, 29 de julio de 2024
N.º 0145
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