Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Coria. (BOP-2024-4100)
BOP-2024-4100 Bases Oficial Policía Local. Promoción interna.
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c) Formación continua. Representará hasta un máximo de 1,00 puntos de la
puntuación a obtener en esta fase. Únicamente se valorará formación certificada
por centros públicos regionales/nacionales de formación policial, así como
titulaciones expedidas por universidades públicas de la UE. También se valorará la
formación certificada por centros municipales, sindicales o privados cuando se trate
de actividades formativas que hubieran sido previamente reconocidas por centros
públicos regionales/nacionales de formación policial. Se valorarán un máximo de
2.000 horas lectivas, a razón de 0,0005 puntos por hora lectiva. Los cursos relativos
exclusivamente a formación policial que hubieran sido impartidos por
Ayuntamientos y organizaciones sindicales antes de la entrada en vigor del Decreto
107/2017, de 11 de julio, por el que se regulan los requisitos y el procedimiento para
el reconocimiento por la ASPEX de acciones formativas impartidas por otras
entidades, o normativa que lo sustituya, podrán ser valorados con la misma
baremación que los demás referidos en este apartado.
d) Docencia. Representará hasta un máximo de 0,25 puntos de la puntación a obtener
en esta fase. Únicamente se valorará docencia certificada por centros
regionales/nacionales de formación policial, así como docencia certificada por
universidades públicas de la UE, siempre que, en este caso, se trate de actividades
formativas relacionadas con la labor policial. También se valorará la docencia
certificada por centros municipales, sindicales o privados cuando se trate de
actividades formativas que hubieran sido previamente reconocidas por centros
públicos regionales/nacionales de formación policial. Se valorarán un máximo de
250 horas lectivas, a razón de 0,001 puntos por hora lectiva.
e) Condecoraciones. Representará hasta un máximo de 0,25 puntos de la puntación a
obtener en esta fase. Únicamente se valorarán las condecoraciones otorgadas por
el Gobierno de España, las Comunidades Autónomas y órganos plenarios del resto
de Administraciones Públicas, así como otros Cuerpos Policiales Internacionales,
siempre que sean concedidas a título individual conforme al siguiente baremo:
- Medalla al Mérito de la Policía Local de Extremadura categoría oro 0,25 puntos.
- Medalla al Mérito de la Policía Local de Extremadura categoría plata 0,20 puntos.
- Condecoraciones de otras Administraciones o Cuerpos Policiales 0,10 puntos.
- Reconocimientos 0,05 puntos.
C) CALIFICACIÓN DE LA FASE DE CONCURSO-OPOSICIÓN.
Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a los obtenidos en la fase de
oposición, cuya suma determinará el orden final de puntuación, considerándose que han
superado el proceso selectivo los aspirantes que hayan obtenido mayor puntuación total
definitiva, no pudiendo superar el número de personas aprobadas al de plazas
convocadas. En caso de empate, se resolverá por la mejor puntuación obtenida en la
fase de oposición. De persistir el empate y exclusivamente para las personas afectadas
por el mismo, éste se resolverá en favor de aquélla que mayor puntuación obtenga
aplicando todos los criterios de la fase de concurso sin límite máximo de puntos por cada
criterio. Por último y de persistir el empate, se dará preferencia a la candidatura del sexo
con menor presencia en el conjunto de la plantilla de la Policía Local en Extremadura,
cuando éste no represente, al menos, el 40 por ciento de la totalidad.
CVE:
BOP-2024-4100
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Lunes, 29 de julio de 2024
N.º 0145
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