Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-3992)
BOP-2024-3992 Bases de la convocatoria de 1 Plaza de Ingeniero/a en Telecomunicaciones, turno promoción interna.
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SECRETARÍA
Asuntos Generales
10-2014), donde deberá indicarse en el ingreso a qué convocatoria corresponde, excepto en
lo referido a las causas de exención de las tasas de los apartados siguientes.
Esta cantidad, que únicamente será devuelta, previa entrega del correspondiente impreso de
“Alta de Terceros” debidamente cumplimentado, si no resulta admitido a examen por falta
de los requisitos exigidos para tomar parte en la convocatoria.
3.3.1. Exención de la tasa:
Estarán exentas del pago las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100. Para
el disfrute de la exención deberán acreditar que reúnen la condición legal de personas con
discapacidad, mediante la presentación de certificado expedido por el órgano competente
del Ministerio de Asuntos Sociales o, en su caso, de la Comunidad Autónoma
correspondiente.
3.3.2 Bonificación de la tasa:
Gozarán de una bonificación del 75 por 100 los/as aspirantes que figuren como
desempleados/as durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha del anuncio de las
convocatorias en el B.O.E, para lo cual deberán presentar tarjeta de demanda de empleo u
otro documento de los servicios públicos de empleo debidamente sellada/o y firmada/o o
bien informe de periodo ininterrumpido inscrito en situación de desempleo por el que
acrediten tal condición.
3.3.3. El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia
de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del
plazo de presentación de solicitudes, quedando excluidos de forma definitiva en caso
contrario.
En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la
concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo, supondrá la
sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación
en el proceso selectivo.
CUARTA. Admisión de aspirantes
4.1. Para ser admitido al proceso selectivo bastará con que los/las aspirantes manifiesten en
sus solicitudes que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda
referidos a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. El
cumplimiento de estos requisitos será acreditado mediante la presentación de los
documentos correspondientes en la forma prevista en la base décima.
4.2. Terminado el plazo de presentación de instancias se aprobará la lista provisional de
los/as aspirantes admitidos/as y excluidos/as que deberá publicarse en el Boletín Oficial de
la Provincia y en el Tablón Electrónico de Anuncios y contendrá como anexo único, la
relación nominal de aspirantes excluidos/as y admitidos/as con su correspondiente e
indicación de las causas de inadmisión haciendo constar el plazo de subsanación de defectos
que, en los términos del artículo sesenta y ocho de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se concede a los/as
aspirantes excluidos/as. Quienes dentro del plazo señalado no subsanen los defectos
justificando su derecho a ser admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso
selectivo.
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27
de
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Ley
39/2015,
de
1
de
Octubre
URL
de
verificación:
Código
Seguro
de
Verificación:
JOSE
ALVARO
CASAS
AVILES
Firmantes:
L02000010
22/07/2024
14:04
6/25
DIR3
Órgano:
Sello
de
tiempo:
Página:
CVE:
BOP-2024-3992
Verificable
en:
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Miércoles, 24 de julio de 2024
N.º 0142
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