Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-3992)
BOP-2024-3992 Bases de la convocatoria de 1 Plaza de Ingeniero/a en Telecomunicaciones, turno promoción interna.
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SECRETARÍA
Asuntos Generales
Asimismo, a efectos de gestión del proceso de selección el participante en el proceso
selectivo establece libremente una relación jurídica con la administración, y por tanto,
asume indudablemente la consecución de los actos que se derivan de dicha relación, entre
los que se encuentran someterse a los ejercicios y pruebas previstas en las bases que regulan
el proceso y que conlleva un tratamiento de datos personales. para el que el aspirante ha
autorizado la utilización de sus datos. Estos podrán ser publicados en los medios que
dictaminan las presentes bases de convocatoria, con la única finalidad del desarrollo del
proceso selectivo correspondiente.
12.2. La Excma. Diputación Provincial de Cáceres, como responsable del fichero
mencionado, garantiza el pleno cumplimiento de la normativa de protección de datos de
carácter personal, y así, de acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. el aspirante en el
presente procedimiento de selección queda informado y presta su consentimiento para el
tratamiento de los datos de carácter personal facilitados.
DECIMOTERCERA. - Incidencias.
13.1. La presente convocatoria, en sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la
misma y de las actuaciones del Tribunal, podrá ser impugnada por los interesados en los
casos y en la forma establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
13.2. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse, y adoptar
resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del concurso-oposición en
aquellos aspectos no previstos en estas bases.
13.3. Para lo no previsto en la presente convocatoria será de aplicación: Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función
Pública de Extremadura, la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen
Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de Abril, por el que se aprueba el texto
refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; el Real
Decreto 896/1991, de 7 de Junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas
mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de
Administración Local; el Decreto 201/1995, de 26 de Diciembre por el que se aprueba el
Reglamento General de ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el
que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la
Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; y demás
normas concordantes de general aplicación.
DECIMOCUARTA. -Recursos.
El presente acto es definitivo en vía administrativa y frente al mismo cabe interponer, en el
plazo de dos meses a partir de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante los
https://sede.dip-caceres.es/carpetaCiudadano/Enlaces.do?id=validacion&cveValidacion=DIPCC-PF2UAT0U8A40BCGV1I0BS1WPYHM1CY0F
DIPCC-PF2UAT0U8A40BCGV1I0BS1WPYHM1CY0F
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documento
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Auténtica
según
el
artículo
27
de
la
Ley
39/2015,
de
1
de
Octubre
URL
de
verificación:
Código
Seguro
de
Verificación:
JOSE
ALVARO
CASAS
AVILES
Firmantes:
L02000010
22/07/2024
14:04
20/25
DIR3
Órgano:
Sello
de
tiempo:
Página:
CVE:
BOP-2024-3992
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 24 de julio de 2024
N.º 0142
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Asuntos Generales
Asimismo, a efectos de gestión del proceso de selección el participante en el proceso
selectivo establece libremente una relación jurídica con la administración, y por tanto,
asume indudablemente la consecución de los actos que se derivan de dicha relación, entre
los que se encuentran someterse a los ejercicios y pruebas previstas en las bases que regulan
el proceso y que conlleva un tratamiento de datos personales. para el que el aspirante ha
autorizado la utilización de sus datos. Estos podrán ser publicados en los medios que
dictaminan las presentes bases de convocatoria, con la única finalidad del desarrollo del
proceso selectivo correspondiente.
12.2. La Excma. Diputación Provincial de Cáceres, como responsable del fichero
mencionado, garantiza el pleno cumplimiento de la normativa de protección de datos de
carácter personal, y así, de acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. el aspirante en el
presente procedimiento de selección queda informado y presta su consentimiento para el
tratamiento de los datos de carácter personal facilitados.
DECIMOTERCERA. - Incidencias.
13.1. La presente convocatoria, en sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la
misma y de las actuaciones del Tribunal, podrá ser impugnada por los interesados en los
casos y en la forma establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
13.2. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse, y adoptar
resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del concurso-oposición en
aquellos aspectos no previstos en estas bases.
13.3. Para lo no previsto en la presente convocatoria será de aplicación: Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función
Pública de Extremadura, la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen
Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de Abril, por el que se aprueba el texto
refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; el Real
Decreto 896/1991, de 7 de Junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas
mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de
Administración Local; el Decreto 201/1995, de 26 de Diciembre por el que se aprueba el
Reglamento General de ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el
que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la
Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; y demás
normas concordantes de general aplicación.
DECIMOCUARTA. -Recursos.
El presente acto es definitivo en vía administrativa y frente al mismo cabe interponer, en el
plazo de dos meses a partir de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante los
https://sede.dip-caceres.es/carpetaCiudadano/Enlaces.do?id=validacion&cveValidacion=DIPCC-PF2UAT0U8A40BCGV1I0BS1WPYHM1CY0F
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Ley
39/2015,
de
1
de
Octubre
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Verificación:
JOSE
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CASAS
AVILES
Firmantes:
L02000010
22/07/2024
14:04
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