Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villa del Rey. (BOP-2024-3986)
BOP-2024-3986 Aprobación definitiva de la Modificación de la Ordenanza Reguladora por la tasa por la prestación de los servicios de piscina e instalaciones deportivas y otros análogos.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Villa del Rey
EDICTO. Aprobación definitiva de la Modificación de la Ordenanza Reguladora
por la tasa por la prestación de los servicios de piscina e instalaciones
deportivas y otros análogos.
Acuerdo del Pleno de fecha 14 de mayo de 2024 de la Entidad de Villa del Rey por el que se
aprueba definitivamente la Modificación de la Ordenanza reguladora de la tasa por la
prestación de los servicios de piscina e instalaciones deportivas y otros servicios análogos.
TEXTO
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de Modificación de la
Ordenanza reguladora de la tasa por la prestación de los servicios de piscina e instalaciones
deportivas y otros servicios análogos, cuyo texto íntegro se hace público, para su general
conocimiento y en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de
las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE
PISCINA E INSTALACIONES DEPORTIVAS Y OTROS SERVICIOS ANÁLOGOS.
Artículo 1. Concepto.
Este Ayuntamiento, conforme a lo autorizado por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 20 del
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de
la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, establece LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE
LOS SERVICIOS DE PISCINA E INSTALACIONES DEPORTIVAS Y OTROS SERVICIOS
ANÁLOGOS, especificadas en las tarifas contenidas en el apartado 2 del artículo 3 siguiente,
que se regirá por la presente Ordenanza.
La prestación pecuniaria que se satisfaga por este concepto tiene la consideración de tasa,
porque la actividad administrativa correspondiente si bien es de solicitud o recepción voluntaria,
CVE:
BOP-2024-3986
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 23 de julio de 2024
N.º 0141
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