Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-3930)
BOP-2024-3930 Bases y Convocatoria de Subvenciones para el fomento y constitución de comunidades energéticas locales participadas por municipios de la provincia de Cáceres con una población de hasta 5.000 habitantes (CEL-2024).
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El citado PES está vinculado a la Agenda 2030 y a la consecución de los Objetivos de Desa-
rrollo Sostenible (ODS). Esta línea de ayudas, se enmarca en las esferas ambiental y de gober-
nanza del Plan de Acción Provincia de Cáceres, la provincia que quieres”, en conexión con las
estrategias 3.4. de resilencia contra los efectos del cambio climático, 4.3. de eficiencia ener-
gética y 4.4. de energías renovables, 10.4 de participación ciudadana y las metas de los Obje-
tivos de Desarrollo Sostenible siguientes: Fin de la Pobreza (1), Energía Asequible y no conta-
minante (7), Ciudades y comunidades sostenibles (11), Producción y Consumo Responsable
(12 y Acción por el Clima (13).
Existen, en consecuencia, relevantes y singulares razones de interés público, social y eco-
nómico para que la Diputación de Cáceres, a través del Servicio de Medio Ambiente y Transi-
ción Ecológica del Área de Fomento, Movilidad y Agenda provincial, ponga en marcha la pre-
sente línea de ayudas con el objeto de facilitar el desarrollo de proyectos, que, cumpliendo
los requisitos de esta convocatoria, contribuyan al cambio hacia un modelo energético soste-
nible basado en las energías renovables y un desarrollo económico sostenible. Y en conso-
nancia, con las políticas de esta Diputación provincial se proporciona asistencia técnica y eco-
nómica y se lucha contra el abandono del medio rural.
En cuanto al procedimiento de concesión de las subvenciones, en régimen de concurrencia
competitiva, cabe señalar que es el procedimiento idóneo para alcanzar la mejor eficacia en
la gestión y agilidad de tramitación de estas ayudas, concediéndolas a las entidades que ob-
tengan mayor puntuación conforme a criterios de valoración objetivos, de manera que se ha-
gan efectivos los principios inspiradores del otorgamiento de subvenciones previstos en el Ar-
tículo 8.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (publicidad, trans-
parencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación; eficacia en el cumplimiento
de los objetivos fijados por la Administración otorgante y eficiencia en la asignación y utiliza-
ción de los recursos públicos), en conexión con el artículo 14 de la Ordenanza General de Sub-
venciones de la Diputación de Cáceres y al art. 55 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,
por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Sub-
venciones.
BASE PRIMERA. OBJETO Y ACTUACIONES SUBVENCIONABLES.
1.1.- OBJETO
El objeto de estas bases es establecer las normas específicas para el otorgamiento, en ré-
gimen de concurrencia competitiva y en el marco de la Ordenanza General de Subvenciones
de esta Diputación, de ayudas para el fomento y constitución de comunidades energéticas
CVE:
BOP-2024-3930
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 22 de julio de 2024
N.º 0140
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