Sección VI - Anuncios particulares. Concesiones. Canal de Isabel II, S.A.. (BOP-2024-3893)
BOP-2024-3893 Bases del proceso selectivo para cubrir por Nuevo Ingreso 4 puestos de "Oficial de Mantenimiento".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Nota interna
Asunto: Bases específicas GC00032024
Página 3 de 9
Canal
de
Isabel
II,
Sociedad
Anónima,
M.P.
inscrita
en
el
Registro
Mercantil
de
Madrid
al
Tomo
29.733,
Folio
86,
Sección
8,
Hoja
M-534929.
Inscripción
1ª.
Denominación
en
inscripción
126,
NIF
A86488087,
Domicilio
Social:
C/
Santa
Engracia,
125,
28003
Madrid.
Deberán asistir con el DNI, NIE y/o pasaporte en vigor, no pudiendo estar caducados los documentos que acrediten
la identidad. Si se produjera esta situación es necesario presentar un documento que justifique la no vigencia,
pudiendo mostrar un resguardo de renovación o denuncia en caso de hurto o robo.
Se prohibirá acceder a la realización de esta prueba con cualquier dispositivo electrónico encendido (móvil, Tableta,
calculadoras programables, relojes inteligentes, etc.), excepto calculadoras no programables, considerando causa
de exclusión el incumplimiento de esta restricción.
Al finalizar el examen, las personas aspirantes conservarán una copia de la hoja de respuestas que garantizará la
asistencia y la comprobación de la realización del ejercicio.
La no asistencia a la prueba será motivo de exclusión del proceso selectivo.
4º. VALORACIÓN DE MÉRITOS
Se realizará la valoración de la experiencia conforme a lo indicado en las bases generales, únicamente de las
candidaturas aprobadas. La puntuación máxima que podrá obtenerse por valoración de méritos será de 2 puntos.
En el caso de que alguna candidatura sobrepase este valor, se considerará solo la puntuación máxima.
Los factores valorables son los siguientes:
- Experiencia profesional con relación laboral contractual de carácter temporal en Canal de Isabel II, desarrollando
las funciones correspondientes al puesto convocado: 0,060 puntos por mes completo trabajado.
- Experiencia profesional en administraciones y entidades públicas o privadas con actividades vinculadas a la
gestión del ciclo integral del agua, siempre y cuando se hubieran desarrollado funciones análogas a las del puesto
convocado: 0,035 puntos por mes completo trabajado.
- Experiencia profesional con relación laboral contractual de carácter temporal en Canal de Isabel II, desarrollando
funciones distintas a las del puesto convocado: 0,025 puntos por mes completo trabajado.
A efectos de valoración, cada periodo sólo podrá computar en uno de los apartados anteriores, no siendo
acumulativos.
La fecha a considerar para la valoración de méritos será la de finalización del plazo de presentación de solicitudes
indicado en las bases específicas de cada proceso.
Se entenderá que realizan actividades vinculadas a la gestión del ciclo integral del agua aquellas entidades que, de
acuerdo con su objeto social, estén incluidas en la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE)
recogidos en los epígrafes de las Bases Generales.
Reconocimiento Médico
Con carácter previo a la contratación de la persona aspirante ya seleccionada, esta deberá someterse a un
reconocimiento médico que declare su aptitud para el puesto mediante las pruebas que al efecto sean necesarias
y que llevará a cabo el servicio médico de la empresa.
CVE:
BOP-2024-3893
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 17 de julio de 2024
N.º 0136
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Asunto: Bases específicas GC00032024
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Canal
de
Isabel
II,
Sociedad
Anónima,
M.P.
inscrita
en
el
Registro
Mercantil
de
Madrid
al
Tomo
29.733,
Folio
86,
Sección
8,
Hoja
M-534929.
Inscripción
1ª.
Denominación
en
inscripción
126,
NIF
A86488087,
Domicilio
Social:
C/
Santa
Engracia,
125,
28003
Madrid.
Deberán asistir con el DNI, NIE y/o pasaporte en vigor, no pudiendo estar caducados los documentos que acrediten
la identidad. Si se produjera esta situación es necesario presentar un documento que justifique la no vigencia,
pudiendo mostrar un resguardo de renovación o denuncia en caso de hurto o robo.
Se prohibirá acceder a la realización de esta prueba con cualquier dispositivo electrónico encendido (móvil, Tableta,
calculadoras programables, relojes inteligentes, etc.), excepto calculadoras no programables, considerando causa
de exclusión el incumplimiento de esta restricción.
Al finalizar el examen, las personas aspirantes conservarán una copia de la hoja de respuestas que garantizará la
asistencia y la comprobación de la realización del ejercicio.
La no asistencia a la prueba será motivo de exclusión del proceso selectivo.
4º. VALORACIÓN DE MÉRITOS
Se realizará la valoración de la experiencia conforme a lo indicado en las bases generales, únicamente de las
candidaturas aprobadas. La puntuación máxima que podrá obtenerse por valoración de méritos será de 2 puntos.
En el caso de que alguna candidatura sobrepase este valor, se considerará solo la puntuación máxima.
Los factores valorables son los siguientes:
- Experiencia profesional con relación laboral contractual de carácter temporal en Canal de Isabel II, desarrollando
las funciones correspondientes al puesto convocado: 0,060 puntos por mes completo trabajado.
- Experiencia profesional en administraciones y entidades públicas o privadas con actividades vinculadas a la
gestión del ciclo integral del agua, siempre y cuando se hubieran desarrollado funciones análogas a las del puesto
convocado: 0,035 puntos por mes completo trabajado.
- Experiencia profesional con relación laboral contractual de carácter temporal en Canal de Isabel II, desarrollando
funciones distintas a las del puesto convocado: 0,025 puntos por mes completo trabajado.
A efectos de valoración, cada periodo sólo podrá computar en uno de los apartados anteriores, no siendo
acumulativos.
La fecha a considerar para la valoración de méritos será la de finalización del plazo de presentación de solicitudes
indicado en las bases específicas de cada proceso.
Se entenderá que realizan actividades vinculadas a la gestión del ciclo integral del agua aquellas entidades que, de
acuerdo con su objeto social, estén incluidas en la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE)
recogidos en los epígrafes de las Bases Generales.
Reconocimiento Médico
Con carácter previo a la contratación de la persona aspirante ya seleccionada, esta deberá someterse a un
reconocimiento médico que declare su aptitud para el puesto mediante las pruebas que al efecto sean necesarias
y que llevará a cabo el servicio médico de la empresa.
CVE:
BOP-2024-3893
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 17 de julio de 2024
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