Sección I - Administración Local. Provincia. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de Cáceres. (BOP-2024-3878)
BOP-2024-3878 Convenio de delegación de la gestión y recaudación de multas por infracción a la Ley sobre Tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial con el Ayuntamiento de Valdecañas de Tajo.
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la gestión y recaudación de las multas y sanciones derivadas de infracciones a la Ley sobre
Tráfico, Circulación de Vehículos a motor y Seguridad Vial (LSV), aprobado por Real Decreto
Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre
Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad vial, por la que se regula el permiso y la
licencia de conducción por puntos y demás normas de desarrollo.
II. Que el Ayuntamiento de VALDECAÑAS DE TAJO al amparo de lo previsto en:
- Artículos 27 y 106.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local.
- Artículos 2 y 7 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por RDLgvo 2/2004, de 5 de marzo.
- Artículos 9 y 47 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, y,
- Artículo 8.b) del Reglamento General de Recaudación, aprobado por R.D. 939/2005 de
29 de julio, acordó en sesión plenaria ordinaria de fecha 26 de abril de 2024 delegar en
la Diputación Provincial de Cáceres, a través del OARGT, las facultades de gestión y
recaudación de multas por infracción a la LSV y a las Ordenanzas Municipales de
Circulación, en su caso, delegación aceptada por el Pleno de la Diputación en sesión
plenaria ordinaria de fecha 30 de mayo de 2024.
III. Que citado Ayuntamiento no tiene aprobada Ordenanza Municipal en materia de
Circulación.
IV. Que en base a lo anterior, para articular y llevar a la práctica esta delegación, estando
legítimamente facultados los/as comparecientes para actuar en nombre de las corporaciones a
que representan, se procede a la formalización del presente Convenio que estará sujeto a las
siguientes,
ESTIPULACIONES
PRIMERA: OBJETO.
El objeto de este convenio consiste en la realización por parte del OARGT de las funciones de
colaboración en el procedimiento sancionador, de gestión y de recaudación en periodo
voluntario y ejecutivo de las deudas correspondientes a multas por infracción a la LSV y a las
correspondientes Ordenanzas Municipales en materia de Tráfico, impuestas por el
CVE:
BOP-2024-3878
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 17 de julio de 2024
N.º 0136
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