Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-3875)
BOP-2024-3875 Plan Extraordinario Diputación Provincial de Cáceres 2024 (Plan 2024/121). Aprobación del plan y desarrollo de actuaciones.
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ACUERDA
PRIMERO. Aprobar el PLAN EXTRAORDINARIO DIPUTACIÓN DE CÁCERES 2024 (CÓDIGO
2024 / 121), así como el desarrollo de las actuaciones incluidas en el mismo, de conformidad
con las solicitudes formuladas por las entidades locales beneficiarias del plan, en los términos
dispuestos en el anexo que acompaña al presente acuerdo.
Las actuaciones incluidas en el plan se llevarán a cabo por los propios Ayuntamientos.
SEGUNDO. El plan se financiará íntegramente por esta Diputación Provincial, en los términos
acordados por el Pleno de esta Diputación en sesión extraordinaria celebrada el 17 de junio de
2024, con un importe total de 9.517.171 €.
El presente acuerdo queda condicionado a la entrada en vigor de la modificación de crédito
aprobada por el pleno de esta Diputación en sesión extraordinaria de fecha 17 de junio de
2024, tramitada para dotar al plan de los créditos suficientes y adecuados a la naturaleza del
gasto, en función de la relación de actuaciones que ahora se aprueba.
TERCERO. Se faculta a la Presidencia de esta Diputación para dictar cuantos actos y
resoluciones sean precisos para llevar a cabo el desarrollo del presente plan, delegando en el
Presidente de esta Diputación la competencia para dictar los actos mencionados, dentro de los
créditos habilitados al efecto.
Entre los actos de desarrollo de este plan que se elaboren por la Presidencia, deberá dictarse
la oportuna resolución en la que se regulen las normas generales que establezcan los
requisitos y formas de justificación del gasto por parte de los entes locales incluidos en el plan,
previa propuesta del Servicio General de Planificación, con el visto bueno del Vicepresidente
Tercero, de Fomento, Movilidad y Agenda Provincial. De la citada resolución se dará traslado a
todos los entes incluidos en el presente plan, para general conocimiento.
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 88 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace constar que el
presente acuerdo es definitivo en vía administrativa y frente al mismo puede interponerse, en el
plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su recepción, recurso contencioso-
administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres o con carácter
potestativo, recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes a partir del día
siguiente al de su notificación; todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro que
estime procedente.
Por su parte y de conformidad con lo previsto en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de
CVE:
BOP-2024-3875
Verificable
en:
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Miércoles, 17 de julio de 2024
N.º 0136
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