Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2024-3848)
BOP-2024-3848 Convocatoria para la concesión de subvenciones en materia de Premios de la XXXI edición del Concurso de Baile Moderno, año 2024.
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- 3er Premio: 100 euros.
- 4º Premio: 50 euros.
Modalidad Adulta:
- 1er Premio: 500 euros.
- 2º Premio: 300 euros.
- 3er Premio: 150 euros.
Modalidad Profesional Infantil:
- 1er Premio: 400 euros.
- 2º Premio: 200 euros.
Modalidad Profesional Adulta:
- 1er Premio: 500 euros.
- 2º Premio: 300 euros.
Excepcionalmente, la convocatoria podrá fijar, además de la cuantía total máxima dentro de los
créditos disponibles, una cuantía adicional cuya aplicación a la concesión de subvenciones no
requerirá de una nueva convocatoria.
La fijación y utilización de esta cuantía adicional estará sometida a las reglas del artículo 58 del
Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por
el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
OBJETIVO, CONDICIONES Y FINALIDAD DE LA CONCESIÓN DE LOS PREMIOS DE LA
XXXI EDICIÓN DE CONCURSO DE BAILE MODERNO.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, por medio de la ORDENANZA GENERAL REGULADORA DE LA
CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE ALCUÉSCAR se establecen las
bases reguladoras de la concesión de subvenciones por este Ayuntamiento, conforme a los
principios de igualdad y no discriminación, transparencia, concurrencia, objetividad, eficacia y
eficiencia, recogidos en dicha ley.
CVE:
BOP-2024-3848
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 16 de julio de 2024
N.º 0135
Pág. 16064
- 4º Premio: 50 euros.
Modalidad Adulta:
- 1er Premio: 500 euros.
- 2º Premio: 300 euros.
- 3er Premio: 150 euros.
Modalidad Profesional Infantil:
- 1er Premio: 400 euros.
- 2º Premio: 200 euros.
Modalidad Profesional Adulta:
- 1er Premio: 500 euros.
- 2º Premio: 300 euros.
Excepcionalmente, la convocatoria podrá fijar, además de la cuantía total máxima dentro de los
créditos disponibles, una cuantía adicional cuya aplicación a la concesión de subvenciones no
requerirá de una nueva convocatoria.
La fijación y utilización de esta cuantía adicional estará sometida a las reglas del artículo 58 del
Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por
el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
OBJETIVO, CONDICIONES Y FINALIDAD DE LA CONCESIÓN DE LOS PREMIOS DE LA
XXXI EDICIÓN DE CONCURSO DE BAILE MODERNO.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, por medio de la ORDENANZA GENERAL REGULADORA DE LA
CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE ALCUÉSCAR se establecen las
bases reguladoras de la concesión de subvenciones por este Ayuntamiento, conforme a los
principios de igualdad y no discriminación, transparencia, concurrencia, objetividad, eficacia y
eficiencia, recogidos en dicha ley.
CVE:
BOP-2024-3848
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
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