Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2024-3848)
BOP-2024-3848 Convocatoria para la concesión de subvenciones en materia de Premios de la XXXI edición del Concurso de Baile Moderno, año 2024.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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componentes sean mayores de 13 años a fecha de 2024 (cumpliendo los 13 años
pertenece a esta modalidad). En esta modalidad podrán participar menores de 13 años
siempre que la mayoría del grupo cumpla con el requisito anterior. El incumplimiento de
este apartado será motivo de descalificación por parte del jurado.
- Será obligatorio que las personas que se quieran inscribir en el concurso y sean
mayores de 14 años entreguen una fotocopia del DNI junto con la inscripción con el fin
de comprobar su edad.
- No podrá participar el día del concurso ninguna persona que no estuviera inscrita a
fecha de cierre de inscripciones. El incumplimiento de este apartado será motivo de
descalificación por parte del jurado.
- El número mínimo de componentes será de dos personas y el máximo de doce.
Además de todo lo anterior, los/as participantes:
- Habrán de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad
Social, y con el Ayuntamiento de Alcuéscar.
- No podrán hallarse incursos/as en ninguna de las causas que impiden obtener la
condición de beneficiario/a de subvenciones públicas, según lo dispuesto en el artículo
13 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y estar al corriente
de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
- Firmar el consentimiento que autorice o desautorice la captación de imágenes durante
la realización de eventos siguiendo el cumplimiento de la normativa vigente en materia
de protección de datos de carácter personal (Reglamento UE 2016/679, de 27 de abril
del Parlamento Europeo y del Consejo, en adelante RGPD) y resto de normativas
vigentes, AYUNTAMIENTO DE ALCUÉSCAR, Responsable del Tratamiento.
El derecho a la propia imagen se concreta en el artículo 18.1 de la Constitución Española y se
regula mediante la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección del derecho al honor, a
la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. En general, la publicación de dichas
imágenes se realizará de forma tal que no se pueda o resulte dificultoso la identificación del
titular de los datos (imagen del menor).
Obligaciones de los beneficiarios. Las obligaciones de los beneficiarios son las siguientes:
a) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el
CVE:
BOP-2024-3848
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 16 de julio de 2024
N.º 0135
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pertenece a esta modalidad). En esta modalidad podrán participar menores de 13 años
siempre que la mayoría del grupo cumpla con el requisito anterior. El incumplimiento de
este apartado será motivo de descalificación por parte del jurado.
- Será obligatorio que las personas que se quieran inscribir en el concurso y sean
mayores de 14 años entreguen una fotocopia del DNI junto con la inscripción con el fin
de comprobar su edad.
- No podrá participar el día del concurso ninguna persona que no estuviera inscrita a
fecha de cierre de inscripciones. El incumplimiento de este apartado será motivo de
descalificación por parte del jurado.
- El número mínimo de componentes será de dos personas y el máximo de doce.
Además de todo lo anterior, los/as participantes:
- Habrán de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad
Social, y con el Ayuntamiento de Alcuéscar.
- No podrán hallarse incursos/as en ninguna de las causas que impiden obtener la
condición de beneficiario/a de subvenciones públicas, según lo dispuesto en el artículo
13 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y estar al corriente
de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
- Firmar el consentimiento que autorice o desautorice la captación de imágenes durante
la realización de eventos siguiendo el cumplimiento de la normativa vigente en materia
de protección de datos de carácter personal (Reglamento UE 2016/679, de 27 de abril
del Parlamento Europeo y del Consejo, en adelante RGPD) y resto de normativas
vigentes, AYUNTAMIENTO DE ALCUÉSCAR, Responsable del Tratamiento.
El derecho a la propia imagen se concreta en el artículo 18.1 de la Constitución Española y se
regula mediante la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección del derecho al honor, a
la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. En general, la publicación de dichas
imágenes se realizará de forma tal que no se pueda o resulte dificultoso la identificación del
titular de los datos (imagen del menor).
Obligaciones de los beneficiarios. Las obligaciones de los beneficiarios son las siguientes:
a) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el
CVE:
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Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
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