Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Trujillo. (BOP-2024-3813)
BOP-2024-3813 Promoción Pública de Vivienda en Régimen de arrendamiento.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Trujillo
ANUNCIO. Promoción Pública de Vivienda en Régimen de arrendamiento.
Atendiendo al acuerdo de la Secretaría General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración
Urbana, de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda y en aplicación de lo
establecido en el Decreto 115/2006, de 27 de junio, por el que se regula el procedimiento de
adjudicación de viviendas de promoción pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a
partir del 19 de Julio de 2024, se abre el plazo de admisión de solicitudes para adjudicar, UNA
VIVIENDA, de promoción pública vacante en C/ Cañada, n.º 15, en Trujillo.
La vivienda se adjudicará en régimen de arrendamiento.
Fecha de cierre de plazo de admisión de solicitudes: Un mes, a partir del 19 de Julio de 2024.
Las solicitudes se podrán recoger en la oficina de información del Ayuntamiento de Trujillo, a
partir de la fecha del plazo de admisión.
Las solicitudes se dirigirán a la Secretaría General de vivienda, Arquitectura y Regeneración
Urbana, y se podrán presentar en el Registro General del Ayuntamiento de Trujillo, así como en
las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las solicitudes se formalizarán en el modelo oficial aprobado por la Secretaria General de
Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana, y al que habrá de acompañarse la siguiente
documentación:
Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Permiso de Residencia o Trabajo, en su
caso, del/a solicitante y personas mayores de dieciocho años que convivan con él/ella.
Libro de Familia.
Certificado de Empadronamiento Histórico, en el que se haga constar los tiempos de
residencia efectivos en el municipio de todos/as los/as miembros de la unidad familiar.
Certificado de convivencia, de la unidad familiar.
Certificado expedido por el Consejo de Comunidades Extremeñas, cuando se trate de
emigrantes que deseen retornar al municipio de origen.
CVE:
BOP-2024-3813
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 12 de julio de 2024
N.º 0133
Pág. 15931
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Trujillo
ANUNCIO. Promoción Pública de Vivienda en Régimen de arrendamiento.
Atendiendo al acuerdo de la Secretaría General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración
Urbana, de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda y en aplicación de lo
establecido en el Decreto 115/2006, de 27 de junio, por el que se regula el procedimiento de
adjudicación de viviendas de promoción pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a
partir del 19 de Julio de 2024, se abre el plazo de admisión de solicitudes para adjudicar, UNA
VIVIENDA, de promoción pública vacante en C/ Cañada, n.º 15, en Trujillo.
La vivienda se adjudicará en régimen de arrendamiento.
Fecha de cierre de plazo de admisión de solicitudes: Un mes, a partir del 19 de Julio de 2024.
Las solicitudes se podrán recoger en la oficina de información del Ayuntamiento de Trujillo, a
partir de la fecha del plazo de admisión.
Las solicitudes se dirigirán a la Secretaría General de vivienda, Arquitectura y Regeneración
Urbana, y se podrán presentar en el Registro General del Ayuntamiento de Trujillo, así como en
las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las solicitudes se formalizarán en el modelo oficial aprobado por la Secretaria General de
Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana, y al que habrá de acompañarse la siguiente
documentación:
Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Permiso de Residencia o Trabajo, en su
caso, del/a solicitante y personas mayores de dieciocho años que convivan con él/ella.
Libro de Familia.
Certificado de Empadronamiento Histórico, en el que se haga constar los tiempos de
residencia efectivos en el municipio de todos/as los/as miembros de la unidad familiar.
Certificado de convivencia, de la unidad familiar.
Certificado expedido por el Consejo de Comunidades Extremeñas, cuando se trate de
emigrantes que deseen retornar al municipio de origen.
CVE:
BOP-2024-3813
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 12 de julio de 2024
N.º 0133
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